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FABRE, LUIS MAURICIO c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Demanda de Fabre contra la Caja de Retiros por incorporación del coeficiente de bonificación previsto en la ley 19.485 y pago de sumas adeudadas. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia y mantuvo la condena a incorporar la bonificación y abonar las cantidades reclamas, sin costas de alzada.

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¿Quién es el actor?

Luis Mauricio Fabre.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Se reclamó la incorporación en el haber previsional del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485, el pago de las sumas adeudadas por la bonificación zonal correspondientes al período bienal anterior a la demanda y los intereses correspondientes; además se discutieron costas y el período de prescripción aplicable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el pronunciamiento de fs. 30/31 en todo cuanto fue materia de apelación y ordenó sin costas de alzada por no haber intervenido la contraria en el trámite del recurso.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "De las constancias de autos surge que la señora juez federal de la ciudad de Comodoro Rivadavia admitió la demanda deducida por Luis Mauricio Fabre contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y, en consecuencia, ordenó a la condenada a incorporar en el haber previsional el coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 dentro de los 30 días de quedar firme la sentencia. Asimismo, ordenó el pago de las sumas adeudadas respecto de la bonificación zonal por el período bienal anterior a la promoción de la demanda con más los intereses correspondientes calculados a la tasa pasiva que elabora el BCRA. Finalmente, en el mismo decisorio, impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para el momento procesal oportuno." "Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
- Votos y discrepancias: El Dr. Javier M. Leal de Ibarra votó con el texto que antecede; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto precedente. No se registra disidencia.

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