COBOS, RAUL LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó Raúl Luis Cobos contra ANSeS por reajustes de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSeS, modificó el punto III de la sentencia de grado (no declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 conforme a la fecha de adquisición del beneficio) y, en cambio, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
COBOS, Raúl Luis.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; se cuestionaban la aplicación de la ley 27.426 (art. 2), la validez de disposiciones contenidas en el DNU 157/2018 (art. 3) y otros puntos vinculados al cálculo de la Prestación Básica Universal, límite de reajustes, aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y método de cálculo para autónomos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSeS y modificó el punto III de la sentencia de primera instancia quedando redactado: “No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art 2 de la ley n°27.426, por resultar improcedente conforme fecha de adquisición del beneficio”. Además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada perdidosa; no reguló honorarios de la actora por falta de intervención en la Alzada y dispuso la regulación de honorarios de ANSeS conforme art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- “En el presente caso nos encontramos ante un beneficio jubilatorio obtenido en fecha 07/12/2021. La ley 27.426 se encontraba en plena vigencia, no se afectan derechos adquiridos ni se superponen los tiempos de aplicación con la ley anterior, por lo que no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad.”
- “Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art.3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente ‘Morales’ e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº27.423).”
- “Teniendo en cuenta el análisis de lo planteado y lo resuelto por la CSJN en los autos FCR 21049166/2011/CS1 ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’, de fecha 22/06/2023, las mismas [las costas] serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley Nº 27.423 de honorarios profesionales.”
- Disidencias: No hubo disidencia; los tres votos adhieren al resultado que se consignó en la parte resolutiva.
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