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Incidente Nº 5 - IMPUTADO: JUAN RAMON LEDESMA s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

Audiencia de sobreseimiento solicitada por la Fiscalía respecto de la participación en transporte de estupefacientes. El Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán dispuso el sobreseimiento de Juan Ramón Ledesma por extinción de la acción penal al concluir que el imputado no ha tomado parte en el hecho, ordenando comunicar la resolución a Reincidencia y Migraciones y dejar sin efecto las medidas cautelares.

Sobreseimiento Extincion de la accion penal Art. 269 inc. c) cppf Transporte de estupefacientes Imputado Fiscalia Medidas cautelares Registro nacional de reincidencia Migraciones Juzgado federal de oran

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Marcos Romero), solicitando el sobreseimiento.
- A quién se demanda (Demandado / Imputado): Juan Ramón Ledesma, DNI N° 20.959.337. Objeto: Solicitud de sobreseimiento/ extinción de la acción penal conforme art. 269 inc. c) del Código Procesal Penal Federal por entender que el imputado no participó en el hecho de transporte de estupefacientes. Decisión: Se hace lugar al pedido y se dispone el sobreseimiento por extinción de la acción penal respecto de Juan Ramón Ledesma; se ordena comunicar la resolución al Registro Nacional de Reincidencia y a Migraciones; y se dejan sin efecto las medidas cautelares.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En base a estos elementos, el Fiscal entiende que corresponde instar la extinción de la acción penal que en este caso involucra al Sr. Juan Ramón Ledesma, y en este sentido todo lo que tiene que ver con la cuestión vinculada a cesar la persecución penal en su contra de manera irrevocable... en atención a lo previsto en el Art. 269 inc. 'c' del C.P.P.F., es decir, que el imputado no ha tomado parte en el hecho." "III.
- Concedida la palabra al Dr. Quiroga manifestó no tener objeción alguna con respecto a lo planteado por la Fiscalía, toda vez que se sostuvo desde la defensa la no participación dentro del hecho y la inocencia del Sr. Ledesma." "En consecuencia, vamos a disponer el sobreseimiento de Juan Ramon Ledesma, toda vez que de acuerdo a lo manifestado por el Fiscal Federal y del análisis que se ha llevado adelante en este legajo; con la adhesión del Defensor, el imputado Ledesma, no ha formado parte de la comisión de este delito." (No hubo votos en disidencia; la resolución es unipersonal firmada por el Juez Federal de Garantías Gustavo J. Montoya.)

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