ROJAS JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes y cuestionamiento de descuentos aplicados a jubilación y pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró admisibles los recursos, impuso costas por su orden en la Alzada y reguló honorarios del 30% a favor de la actora.
¿Quién es el actor?
ROJAS JUAN CARLOS.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios relativos a haberes jubilatorios y de pensión; impugnación del descuento previsto en el art. 9 de la ley 24.463 (tope de acumulación de beneficios), discusión sobre haber inicial, actualización de la PBU, exención del impuesto a las ganancias, prescripción y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia recurrida en el alcance expresado en los considerandos, impuso las costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Al respecto, se deduce que no se encuentra demostrado que el organismo administrativo haya reducido sus haberes por aplicación del “descuento ley 24.463
- art. 9” de manera confiscatoria conforme a los parámetros fijados por la CSJN en autos 'Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo c/INPS s/reajustes por movilidad' (323:4216). En consecuencia, solo corresponde rechazar el planteo efectuado por el titular al respecto, revocando así lo decidido en la sentencia recurrida."
"La demandada opuso la defensa de prescripción prevista por el art. 82 de la ley 18.037, vigente por aplicación del art. 168 de la ley 24.241, así, corresponde admitirla desde los dos años anteriores al reclamo administrativo que culminara con la resolución impugnada, siempre que hubiere transcurrido el plazo legal; ya que se ha mantenido invariable la jurisprudencia sentada por la Corte en la causa 'Jaroslavsky, Bernardo s/jubilación', sentencia del 26 de febrero de 1985. (ver Fallos 304:289, 310:1754, 308:2143)."
"Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. art. 10, dto. 941/91; C.S.J.N. L. 44 XXIV 'López Antonio Miguel c/Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.', sentencia del 10/6/92; y 'Banco Sudameris c/Belcam S.A. y otro', sentencia del 17/5/94; 'Spitale, Josefa Elida c/ANSES s/Impugnación de resolución administrativa' CSJN sent. del 17/9/04; y 'Fallos' 303:1769; 311:1644, entre otros)."
"En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Disidencia/otros votos: La Dra. Adriana Cammarata no votó por encontrarse en uso de licencia; no se registran votos en disidencia en el acuerdo final.
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