GARCIA MARTI, MARISA DEL CARMEN c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por jubilación regulada por la Ley 24.016 impugnó la aplicación del tope del art. 9 de la Ley 24.463. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inaplicable el tope del art. 9 para el beneficio de la actora, impuso costas a ANSES y reguló honorarios en un 30% adicional respecto de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
GARCIA MARTI, MARISA DEL CARMEN.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: acción de amparo (Ley 16.986) solicitando la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la Ley 24.463 sobre el haber jubilatorio que percibe la actora (beneficio encuadrado en Ley 24.016, personal docente), con condena al pago de las sumas retenidas y prohibición de futuras deducciones.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de apelación y agravios; se impusieron las costas de esta instancia a ANSES (art. 14 L.16.986) y se regularon los honorarios de la Alzada en un 30% sobre lo previsto en primera instancia, conforme lo transcripto en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes relevantes):
- "Así, nos encontramos frente a premisas cuya rigurosidad debe ser entendida en su justa medida cuando se discuten derechos de esta índole, que importan abarcar derechos humanos elementales de sujetos vulnerables. Ello implica una visión y tratamiento diferenciado en comparación con causas de naturaleza comercial, administrativa o civil, donde se justifica una interpretación restrictiva."
- "Tratándose de un régimen de excepción regido por reglas diversas a las del régimen general de la ley 24.241, entiendo que no corresponde, en el caso, la aplicación de los topes contemplados en el art. 9 de la ley 24.463." (cita y adhesión a Sala III, autos 'Castro, Aurelia...')
- "En esta línea se ha expedido la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS' (fallo del 2/3/16), oportunidad en la que el Máximo Tribunal concluyó que el art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016 para el personal docente."
- "Que, en consecuencia, (…) guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en el precedente 'Gemelli' (Fallos: 328:2829) en el que se afirmó que el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia material; el Dr. Manuel Alberto Pizarro adhiere al voto del Dr. Juan Ignacio Pérez Curci; el Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios se hallaba con licencia y no firmó.
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