SUCESION DE TAVELLA PAULA MARIA c/ VALNEIF SA Y OTROS s/ORDINARIO
La sucesión de Paula María Tavella reclamó indemnización por lesiones y gastos derivados de una caída en supermercado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial hizo lugar a la apelación de la actora y, por mayoría, elevó el daño moral a $180.000, los gastos de farmacia y asistencia a $285.500 y fijó el dies a quo de intereses para daño moral, físico y psicológico en el 19/6/2013.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sucesión de Tavella, Paula María (herederos Marcela Noemí y Heriberto Antonio Guillén, administrador del sucesorio).
Demandado: Valneif S.A. (empresa titular del supermercado) y Allianz Compañía Argentina de Seguros S.A. (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de una caída por resbalón ocurrida el 19.6.2013 en el Supermercado Seven (Valneif), con pretensiones por daño moral, psicológico, físico y gastos de farmacia/cuidados; ejecución de la responsabilidad en los términos de la póliza contra la aseguradora.
Decisión: Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora y se modificó la sentencia de primera instancia: (i) elevó el resarcimiento por daño moral a $180.000 con más los intereses dispuestos en la anterior instancia; (ii) elevó el rubro gastos de farmacia y asistencia a $285.500 con más los intereses dispuestos en la anterior instancia; y (iii) modificó el dies a quo de los intereses respecto de los resarcimientos por daño moral, físico y psicológico, estableciéndolo en el día 19.6.2013. Se rechazó íntegramente el recurso de la aseguradora. Se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida y se distribuyeron las de la queja de la compañía de seguros en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"En el caso y dado el deber jurisdiccional que me impone decidir, dentro de los límites y características del caso presente, me inclino por elevar el monto de la condenación establecida en la sentencia, admitir el recurso de la parte actora, elevando del resarcimiento a lo reclamado por la recurrente ($ 180.000)."
"En virtud de las pruebas disponibles y las circunstancias detalladas, resulta evidente que los gastos médicos, de farmacia y de asistencia afrontados por la señora Tavella son una consecuencia directa e ineludible del accidente sufrido y de la fractura de cadera derivada de este... propicio la recepción del agravio de la actora y, en consecuencia, la elevación de la suma otorgada por este concepto a doscientos ochenta y cinco mil quinientos pesos ($285.500), con más los intereses establecidos en la instancia anterior..."
"Es indudable que los daños moral, físico y psicológico se concretaron el mismo día de la caída de la señora Tavella en el Supermercado Seven, vale decir, el 19.6.2013. Dicha fecha constituirá el dies a quo de los intereses que devenguen las sumas otorgadas para resarcir tales daños."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los Dres. Kölliker Frers y Vásquez adhirieron al voto principal.
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