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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VIDELA, MATIAS NAHUEL s/DAÑOS

Imputado condenado por daño agravado en bienes de uso público tras juicio abreviado. La Cámara (vía sentencia unipersonal) condenó a Matías Nahuel Videla a cuatro meses de prisión, con cómputo por tiempo de detención, costas y declaración de reincidencia, por resultar autor del delito descrito.

Dano agravado Bienes de uso publico Juicio abreviado (art. 431 bis cppn) Pena 4 meses Compurgada por detencion preventiva Reincidencia Costas Prueba (video y testimonios) Unidad 57/spf Cfja marcos paz

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General Dr. Alberto Adrián María Gentili. Demandado: Matías Nahuel Videla (DNI 46.100.752). Objeto: Imputación y condena por el delito de daño agravado por haberse ejecutado en bienes de uso público, por haber iniciado un foco ígneo el 18 de junio de 2024 en la celda n°56 del sector D del CFJA de Marcos Paz, provocando daños en el colchón y las paredes; perjuicio patrimonial estimado en $72.787,59. Decisión: Se condenó a Matías Nahuel Videla a la pena de cuatro (4) meses de prisión —la que se tiene por compurgada en función del tiempo de detención que viene sufriendo durante la sustanciación de este proceso, en el expediente n° 2728/01 del registro del Juzgado de Garantías del Joven n° 1 del Departamento Judicial de Moreno Gral. Rodríguez—, costas y declaración de reincidencia; por resultar autor penalmente responsable del delito de daño agravado por haber sido ejecutado en bienes de uso público; dejándose expresa constancia de que se imprimió al presente el trámite de juicio abreviado (arts. 29 inc. 3°, 45, 50 y 184 inc. 5° del CP en función del art. 183 del CP; y arts. 399, 403, 431 bis, 530 y 531 del CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "El encausado Matías Nahuel Videla fue requerido a juicio como autor penalmente responsable del delito de daño agravado por tratarse de bienes de uso público (artículos 45, 183 y 184 inc. 5° del Código Penal) ... el hecho cometido el 18 de junio del año 2024, aproximadamente a las 10:00 horas, ... consistente en haber iniciado un foco ígneo, sin mediar motivo alguno, tras haber prendido fuego el colchón ... generando de esa forma un daño sobre dicho bien, así como también, a la pintura de las paredes ... perjuicio patrimonial al Estado Nacional estimado en ... $72.787,59". 2) "Elevados los autos a esta sede, el Sr. Fiscal General y la defensa del encausado acordaron la aplicación al sub examine del procedimiento abreviado previsto en el artículo 431 bis del CPPN. Precisamente, consta a fs. 36 del expediente digital el acuerdo comunicado por el representante del Ministerio Público Fiscal, ratificado luego por el imputado y su asistencia letrada en la audiencia celebrada el 18 de marzo de 2025 (fs. 39)." 3) "En esa línea, tengo por acreditado con certeza apodíctica que el 18 de junio de 2024, aproximadamente a las 10:00 horas, Matías Nahuel Videla dañó con fuego las paredes de la celda n° 56 ... y un colchón ... cuyo costo de reparación y reposición se estimó en la suma total de ... $72.787,59." 4) "Así, se impondrá a Matías Nahuel Videla la pena de cuatro (4) meses de prisión y costas (art. 29 inc. 3° del CP), por resultar autor penalmente responsable del delito de daño agravado por haber sido ejecutado en bienes de uso público (arts. 45 y 184 inc. 5° en función del art. 183 del CP); sanción que ... deberá tenerse por compurgada en función del tiempo de detención que viene sufriendo el nombrado durante la sustanciación de este proceso, en el marco del expediente 2728/01 ...".
- Votos en disidencia: No se consignan disidencias; la resolución aparece suscripta por el Juez de Cámara Walter Antonio Venditti y el Secretario Diego Pierretti.

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