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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: VALDEZ, BRIAN ELIAS s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS

Incidente de salidas transitorias solicitado a favor de Brian Elías Valdez. La Cámara rechazó la incorporación al régimen de salidas transitorias por entender que, aunque cumple el requisito temporal, las evaluaciones técnicas penitenciarias no acreditan la evolución tratamental necesaria y existen factores de vulnerabilidad social que impiden el egreso; se ordenó oficiar al SPB para asignación de tareas laborales y capacitaciones educativas.

Salidas transitorias Ley 24.660 Ejecucion penal federal Ley 12.256 Servicio penitenciario bonaerense Reinsercion social Conducta ejemplar Requisitos temporales Oficiar Tareas laborales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Brian Elías Valdez, por intermedio de su defensor (Defensor Oficial Dr. Cristian Edgardo Barritta y Defensor Público Coadyuvante Dr. Adrián Uriz), solicitando su incorporación al régimen de salidas transitorias. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de San Martín (incidente ante ese tribunal); informes y pronunciamientos del Servicio Penitenciario Bonaerense (Unidad N°9
- La Plata) y su GAyS fueron parte del trámite. Objeto: Incorporación de Valdez al régimen de salidas transitorias (art. 16 y 17 ley 24.660) o, subsidiariamente, aplicación de la ley provincial 12.256. Decisión: Se rechazó la incorporación de Brian Elías Valdez al régimen de salidas transitorias, con costas; y se ofició al SPB para que gestione tareas laborales y capacitaciones educativas para el encartado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Por lo expuesto, haciendo un paneo de una visión completa de su tránsito intramuros, me lleva a concluir que el interno aún no ha capitalizado las herramientas que el servicio penitenciario le estaría brindando, ni cumple a la fecha, con los objetivos propuestos por todas las áreas de tratamiento, ni con los requisitos y fines establecidos en la ley de ejecución penal. Por ello, considero que corresponde rechazar la solicitud formulada en favor del imputado Valdez, con costas en esta instancia (arts. 530 y 531 del CPPN)." "I. NO HACER LUGAR A LA INCORPORACIÓN de BRIAN ELIAS VALDEZ al régimen de las salidas transitorias (artículos 16 y 17 de la ley 24.660, y 34 del decreto 396/99 a 'contrario sensu'), con costas (arts. 530 y 531 del CPPN). II. OFICIAR al SPB, a los efectos de que se gestionen los medios conducentes, para que le sean asignadas tareas laborales al encartado y se le ofrezcan capacitaciones educativas." Además, respecto del planteo de aplicación de la ley provincial: "No corresponde aplicar la ley provincial ya que es el fuero federal el que ha condenado a Valdez, por un delito de esa competencia y, consiguientemente rige para la ejecución de la pena impuesta, la Ley 24.660... la ley provincial (en este caso la Nº 12.256 de la provincia de Buenos Aires) no puede ponerse por encima de una norma aplicable en el ámbito federal..."
- Datos relevantes/fechas: Valdez fue condenado a 3 años de prisión (sentencia de 29/08/2022), detenido desde el 16/09/2022; la pena vencerá el 15/09/2025. Informes de unidad penitenciaria (acta 1828/2024; acta 1074/24) y dictámenes del Fiscal General (Dr. Eduardo A. Codesido) contribuyeron al rechazo.
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el texto transcripto.

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