Principal en Tribunal Oral TO01 - DENUNCIADO: SERVICIOS EMPRESARIOS DIPLOMAT S.R.L., EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: AFIP - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Imputados y sociedad fueron condenados por evasión de IVA por los ejercicios 2015, 2016 y 2017 por montos millonarios. La Cámara (Tribunal Oral Penal Económico N°3) homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Rubens Ariel Grasso Almirón y a Luisa Elizabeth Gignone como coautores a dos años de prisión (cumplimiento en suspenso) y declaró penalmente responsable a SERVICIOS EMPRESARIOS DIPLOMAT SRL imponiéndole la publicación de un extracto de la sentencia por 3 días y las costas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal de la Fiscalía General N°4 ante los Tribunales Orales en lo Penal Económico, Dra. María Marcela Silvestroni, bajo supervisión del Fiscal Diego Velasco).
- Demandados / Imputados: Rubens Ariel Grasso Almirón; Luisa Elizabeth Gignone; SERVICIOS EMPRESARIOS DIPLOMAT SRL (EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES).
- Objeto de la demanda: Investigación y enjuiciamiento por la evasión del Impuesto al Valor Agregado mediante declaraciones juradas engañosas y el cómputo indebido de "retenciones, percepciones y pagos a cuenta" sin documentación de respaldo, correspondiente a los ejercicios anuales 2015 ($10.944.517,10), 2016 ($9.716.540,16) y 2017 ($7.421.019,65).
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y, conforme al dispositivo final, se condenó a Rubens Ariel Grasso Almirón y a Luisa Elizabeth Gignone como coautores por las evasiones indicadas, imponiéndoles a cada uno la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN cuyo cumplimiento se deja en suspenso; y se declaró penalmente responsable a SERVICIOS EMPRESARIOS DIPLOMAT SRL imponiéndole publicar un extracto de la sentencia condenatoria por 3 días en un medio de publicación nacional a su costa. Se impusieron las costas procesales y se difirió la regulación de honorarios profesionales. (La descripción coincide con la parte dispositiva final.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que los hechos señalados fueron calificados según lo previsto en el art. 1° del Régimen Penal Tributario (ley 27.430), e imputados a Rubens Ariel Grasso Almiron y Luisa Elizabeth Gignone en calidad de coautores del delito de evasión simple de tributos previsto por la mencionada norma."
"Que presentó declaraciones juradas computando 'retenciones, percepciones y Pagos a Cuenta', sin documentación que respalde las transacciones declaradas, disminuyendo de esa manera el quantum a ingresar respecto de aquel impuesto por los ejercicios anuales 2015, 2016 y 2017."
"Que a su vez, en el plano subjetivo debe señalarse que se ha verificado que Grasso Almiron y Gignone han tenido una intervención dolosa en los hechos... obrando con conocimiento y voluntad realizadora del tipo objetivo en cuestión."
"Que, con relación a la intervención de SERVICIOS EMPRESARIOS DIPLOMAT SRL... corresponde declarar la responsabilidad penal de SERVICIOS EMPRESARIOS DIPLOMAT S.R.L. EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES, habida cuenta que fueron sus autoridades y administradores, en beneficio propio y de la referida sociedad, quienes en su nombre evadieron el pago del Impuesto al Valor Agregado por los ejercicios fiscales 2015, 2016 y 2017..."
Sobre la pena: "ha de imponerse a Rubens Ariel Grasso Almiron la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN; cuyo cumplimiento será dejado en suspenso -art. 26 del CP
- ... Asimismo, ha de imponerse a Luisa Elizabeth Gignone la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN; cuyo cumplimiento será dejado en suspenso..."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el texto proporcionado; la parte resolutiva final es la decisión del Tribunal.
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