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RODRIGUEZ, MARIA ANGELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por reajustes y recalculo del haber jubilatorio y retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la apelación de ANSeS, ordenó mantener los criterios de actualización aplicados (índice ISBIC y actualización de la PBU) y declaró la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.

Anses Reajustes Haber inicial Isbic Ripte Pbu Retroactivos Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad art. 2 ley 27.426 Costas


¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ, MARIA ANGELA.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por recalculo del haber jubilatorio inicial (aportes bajo ley 24.241), actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), percepción de retroactivos y cuestiones sobre la aplicación de índices de actualización (ISBIC vs. RIPTE) y la inconstitucionalidad de norma (art. 2 ley 27.426) y de resoluciones administrativas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, por ende, se confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus puntos relevantes: se mantuvo la aplicación del ISBIC para la determinación del haber inicial conforme al precedente “Elliff”, se confirmó la actualización de la PBU según lo ordenado, se declaró la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y se confirmó la inconstitucionalidad de oficio de determinados actos administrativos y la aplicación retroactiva del art. 2 de la ley 27.426 en los periodos de julio a diciembre de 2017; además se impusieron las costas a ANSeS y no se regularon honorarios de la representante de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): a) "En relación al primer agravio, esto es la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case “Elliff”. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95." b) "Respecto al pedido del ANSES referido a la sustitución del ISBIC por el índice RIPTE como pauta de movilidad para la determinación del primer haber jubilatorio, la cuestión encuentra adecuada respuesta en el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº CSS 42272/2012/CS1-CA1, caratulados 'Blanco, Lucio O. c. ANSeS s/ reajustes varios'... En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 ... ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía..." c) "Respecto al agravio que versa sobre la imposibilidad del afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP ... toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." d) "Por lo tanto, considero que debe confirmarse la declaración de inconstitucionalidad declarada por el juez de primera instancia ... ya que estimo que aplicación retroactiva sobre los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017 como lo ordena el artículo 2 de la ley nº 27.426 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada ley nº 26.417, en el mismo periodo."
- Votos: El Dr. Manuel A. Pizarro fundó detalladamente el voto mayoritario; los Dres. Juan I. Pérez Curci y Gustavo E. Castiñeira de Dios adhirieron al voto que antecede. No hubo disidencia.

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