LIPINSKI, VICTOR MARIO c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Amparo promovido por Víctor Mario Lipinski contra ANSeS por denegatoria de beneficio previsional y discusión sobre aplicación del impuesto a las ganancias y topes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de apelación de ANSeS, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Víctor Mario Lipinski.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Amparo por denegatoria de beneficio previsional; cuestionamiento de la aplicación del tope previsional del art. 9 de la Ley 24.463 y de la afectación del retroactivo por el impuesto a las ganancias; impugnación de la habilitación de la vía del amparo y de la imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza NO HIZO LUGAR al recurso de apelación deducido por la representante de ANSeS y, en consecuencia, CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; impuso las costas a la demandada vencida (aplicando Ley 16.986, art. 14) y reguló los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"…la vía excepcional del amparo, en principio, no sustituye las instancias ordinarias judiciales para traer cualquier cuestión litigiosa a conocimiento de la Corte, no lo es menos que, siempre que aparezca de un modo claro y manifiesto el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a los procedimientos ordinarios, administrativos o judiciales, corresponderá que los jueces restablezcan de inmediato el derecho restringido por la vía rápida del recurso de amparo (Fallos 280:228; 294:152, entre otros) a fin de que el curso de los procedimientos ordinarios no torne abstracta o tardía la efectividad de las garantías constitucionales".
"Por lo antedicho, cabe confirmar la falta de aplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la ley 24.463."
"Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhirieron al voto que antecede (Dr. Castiñeira de Dios).
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