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FERNANDEZ, EDUARDO SANTOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes de haberes previsionales y recalculo de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza rechazó el recurso de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas a la demandada y sin regular honorarios de la actora; la Sala sostuvo la procedencia de actualizar la PBU y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.

Reajustes Pbu Isbic Indice combinado Anses Impuesto a las ganancias Costas Ley 26.417 Ley 27.423 Actualizacion de haberes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FERNANDEZ, EDUARDO SANTOS. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reajustes varios relacionados con el recalculo del haber inicial y la Prestación Básica Universal (PBU); aplicación de índices de actualización (ISBIC v. índice combinado/RIPTE), exención del retroactivo del impuesto a las ganancias, y declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 Ley 27.426, etc.). Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y se confirmó la sentencia de primera instancia; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y no se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- "Es decir, que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustarán por el índice ISBIC, mientras que la de marzo y las de los meses siguientes hasta la adquisición del beneficio, deberán actualizarse conforme manda el nuevo régimen previsional (art. 15 ley n° 26.417)."
- "Por otra parte, atento lo resuelto recientemente por esta Sala en autos Nº FMZ 53240/2019/CA1, caratulados: 'B., P. A. c/ANSES s/ Reajustes Varios', y en autos FMZ 11885/2015/CA2 OCHOA ALBERTO AGUSTIN C/ ANSES S/ REAJUSTES, fundamentos a los que remitimos, corresponde confirmar lo resuelto en la sentencia respecto al índice de actualización de la PBU."
- "En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP ... la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria."
- "En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhirieron al voto que obra antecedente.

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