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MORALES, CARLOS DANTE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de haberes y recalculo del haber inicial contra ANSeS en causa por reajustes varios. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSeS, confirmó la sentencia de primera instancia, impuso las costas a la demandada vencida y dispuso no regular honorarios de la actora por no haber intervenido.

Mora les Anses Reajustes varios Haber inicial Pbu Isbic Makler Elliff Costas Ley 27.423


¿Quién es el actor?

MORALES, CARLOS DANTE.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: acción por reajustes varios; reclamo de recálculo del haber inicial (PBU y aportes como autónomo), actualización conforme precedentes Elliff y Makler, impugnación de normas y topes (leyes y decretos: ley 26.417, ley 27.426, ley 27.541, Decretos 163/20, 495/20, 807/16, Resolución SSS), aplicación de índices (ISBIC, RIPTE, índice combinado) y tratamiento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza NO HIZO LUGAR al recurso de apelación deducido por ANSeS; impuso las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423); NO REGULÓ honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de ANSeS, aplicará el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "3.
- De las constancias de autos surge que el actor obtuvo su beneficio previsional en fecha 18/05/2022 bajo el amparo de la ley 24241." "4.
- Ingresando al recurso interpuesto entiendo que mismo debe ser rechazado por los argumentos que a continuación se expondrán." "5.
- ... De lo expuesto se desprende que los lineamientos desarrollados (que fueron convalidados por el Alto Tribunal en el precedente “Makler”, tienen plena vigencia para la aplicación de los artículos 24 inc. b) que obliga a considerar la totalidad de las cotizaciones ingresadas y 30 de la Ley n° 24.241 y sus modificatorias, pues conducen a establecer el valor representativo del “promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado” correspondientes a “todos los servicios con aportes computados” a los que alude la disposición citada en primer término a la fecha de adquisición del derecho." "6.
- En relación del agravio sobre la actualización ordenada por el a-quo de la PBU, la misma debe ser confirmada. Ello por cuanto el juez de sentencia se funda en precedentes de esta Cámara ... que la PBU debe ser actualizada hasta tanto entra en vigencia la ley nº 26.417..." "7.
- Respecto al agravio que trata sobre la inconstitucionalidad del Artículo 2 de la ley nº 27.426 por los períodos devengados de julio a diciembre del 2017, entiendo que le asiste razón al Anses, y que dicha inconstitucionalidad resulta improcedente ello atento a la fecha en que el actor adquirió el derecho (18/05/2022)." "11
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO” de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)." "13
- Respecto de los honorarios profesionales, corresponde NO REGULAR los honorarios de la representación letrada de la actora atento a no haber intervenido, conforme constancias del sistema Lex 100."
- Votos y disidencias: El voto principal fue el del Dr. Gustavo E. Castiñeira de Dios, seguido por adhesión de los Dres. Manuel A. Pizarro y Juan I. Pérez Curci; no hubo disidencia.

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