SALVATIERRA, JORGE ESTEBAN c/ ESTADO NACIONAL-POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA- s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios por la dilación y actuaciones de un sumario administrativo y denuncia penal. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó parcialmente la sentencia de grado: mantuvo el reconocimiento del daño moral ($50.000) y ordenó su actualización aplicando la tasa pasiva del BCRA desde el 18/02/09, además de imponer costas y regular honorarios al 30%.
¿Quién es el actor?
Jorge Esteban Salvatierra.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por la formación y prolongación de un sumario administrativo (y denuncia penal paralela) que imputó falsificación de título secundario, lo que habría causado perjuicios morales, materiales y de salud.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirmó parcialmente la sentencia apelada, en los términos del considerando XIII: se mantiene el reconocimiento del daño moral fijado en $50.000 por el juez de origen y se ordena su actualización aplicando la tasa pasiva promedio del Banco Central desde el 18/02/09 hasta el efectivo pago; se impusieron las costas de Alzada al recurrente vencido y se regularon honorarios a favor de los letrados intervinientes en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de fragmentos relevantes):
"Estimo que no puede haber escapado del conocimiento del instructor, que la máxima autoridad en materia educativa es justamente, quien había confirmado la legitimidad del instrumento aportado por el agente, por lo que cualquier discrepancia que pudiera suscitarse sobre el punto debía, indudablemente, ser resuelta en favor del sentido comunicado por la cartera ministerial."
"Es en este punto donde advierto una 'falta de servicio' apta para comprometer el accionar estatal, toda vez que, en lugar de tomar todos los recaudos para impedir que el sumario en curso produjera efectos nocivos sobre la carrera del agente, o extremar la diligencia para ventilar, a la mayor brevedad posible, las dudas que pudieran persistir sobre el punto, apresuró una denuncia penal..."
"De esta manera los $50.000 que han sido reconocidos por el sentenciante de grado y que no han sido recurridos por bajos, serán actualizados aplicando la tasa pasiva promedio que confecciona el Banco Central, calculados desde la fecha en que se recibió la respuesta del Ministerio de Educación (18/02/09) hasta la fecha de su efectivo pago."
- Votos/diferencias: El Dr. Javier M. Leal de Ibarra redactó el voto que integra el acuerdo; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere. No constan disidencias.
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