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BARBOZA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de apelación de ANSeS e impuso las costas a la demandada.

Anses Reajustes Haber inicial Pbu Isbic Ripte Elliff Impuesto a las ganancias Costas Inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

BARBOZA, JUAN CARLOS.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la determinación y actualización del haber inicial y de la PBU, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y declaración de inconstitucionalidad de normas (Decretos y artículos legales) aplicadas por ANSeS.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza NO HIZO LUGAR al recurso de apelación deducido por ANSeS, confirmó lo resuelto en primera instancia respecto de la determinación del haber inicial y la actualización de la PBU, declaró improcedente la inconstitucionalidad invocada respecto del art. 2 de la ley 27.426 por los períodos indicados en la demanda y confirmó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias. Se impusieron las costas a la demandada vencida y no se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "a.
- En relación al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case “Elliff”. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95." "En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 (después de que finalizada la vigencia del art. 24 de la ley nº 24.241 por la sanción de la ley nº 26.417) ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía, como tampoco la tenía la Secretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, al dictar la resolución N° 1/2018 que ratificó el RIPTE. Lo mismo cabe decir del decreto 807/2016 ... Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio del Decreto 807/16, de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018 ... debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente “Elliff”)." "e.
- Respecto al agravio que trata sobre la inconstitucionalidad del Artículo 2 de la ley nº 27.426 por los períodos devengados de julio a diciembre del 2017, entiendo que le asiste razón al Anses, y que dicha inconstitucionalidad resulta improcedente ello atento a la fecha en que la actora adquirió el derecho (3/07/2018)." "5.
- Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO” art. 36 de la ley nº 27.423). 6.
- Corresponde NO REGULAR los honorarios de la representación letrada de la actora atento a no haber intervenido, conforme constancias del sistema Lex 100."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto que antecede (mayoría).

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