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VEGA, ROBERTO FLAVIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste previsional y exención del impuesto a las ganancias: ANSeS apeló la condena a ajustar el haber y la exención del retroactivo; la Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada por aplicación del art. 36 de la Ley 27.423.

Reajuste previsional Impuesto a las ganancias Retroactivos Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Ley 27.423 Doctrina elliff Haber inicial Anses


¿Quién es el actor?

VEGA, ROBERTO FLAVIO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, determinación del haber inicial conforme doctrina "Elliff" / "Villanustre", y la exención del impuesto a las ganancias sobre el haber y sobre sumas retroactivas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza, Sala B, NO HIZO LUGAR al recurso de apelación interpuesto por ANSeS y CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la presente instancia a la demandada (art. 36 Ley 27.423). No se regularon honorarios por falta de intervención de la representación de la actora y, por art. 2 de la Ley 27.423, tampoco para la letrada de la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): 1) Sobre la aplicación para la determinación del haber inicial: "De las constancias de autos surge que el actor adquirió el derecho el día 02 de abril de 2017, habiendo realizado aportes bajo el amparo de la ley n° 24.241... corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case 'Elliff'." 2) Sobre la inaplicabilidad de la doctrina "Villanustre": "La doctrina 'Villanustre'... tiene sentido en el régimen de la Ley N° 18.037... Pero no es aplicable al régimen de la Ley 24241, en el cual el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia." 3) Sobre el impuesto a las ganancias y el retroactivo: "La Corte declara la inconstitucionalidad de la norma, precisamente porque el haber del jubilado, sin importar su vulnerabilidad, no constituye una ganancia en términos técnicos legales susceptible del tributo... el retroactivo, que comprende justamente la actualización monetaria de los montos del haber –capital inicial e intereses-, conforma y comparte la naturaleza del mismo, pero se encontraría, por evidente especificidad de la norma, exento." Se adoptan precedentes de esta Sala (ZALLOCCO; DI LORENZO) y de la CFSS. 4) Sobre las costas y DNU: Se aplica el criterio de la CSJN en "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS" y se concluye que corresponde imponer las costas a la vencida conforme al art. 36 de la Ley 27.423: "las costas serán impuestas a la vencida o por su orden... declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018... y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pérez Curci y Pizarro adhieren al voto que expone el Dr. Castiñeira de Dios.

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