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MUÑOZ, OSCAR ARMANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES (y a ANDIS) por reajustes y concepto de prestaciones previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada; además reguló honorarios profesionales en 30% de lo fijado en primera instancia.

Reajustes previsionales Pbu Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Anses Costas Honorarios Seguridad social Liquidacion retroactivos


¿Quién es el actor?

MUÑOZ, OSCAR ARMANDO (la actora).

¿A quién se demanda?

ANSES (y ANDIS como demandada en autos).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales (reajustes de la Prestación Básica Universal y liquidaciones retroactivas, exención/imputación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, y demás cuestiones derivadas).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas a la demandada vencida conforme al art. 36 de la ley Nº27.423; y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, ordenando al a quo calcularlos en pesos y UMA en la etapa oportuna.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del fallo): "Recién allí, en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resulta confiscatorio (“Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSES s/ Reajustes Varios” del 11/11/2014)." "No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencia por prestaciones previsionales mal abonadas. Ello así, pues ninguna duda cabe que la percepción de las acreencias de esta naturaleza no puede constituir nunca un hecho imponible, y menos todavía ser pasibles de gravamen alguno, sin colocar en serio riesgo el principio de integralidad del que gozan las prestaciones previsionales." (C.F.S.S., Sala II sent. int. 73700 26.02.10 “VICENTE, ELISA NÉLIDA c/ A.N.Se.S. s/Ejecución previsional”) "Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente “Morales” e imponer las costas de la presente instancia a la vencida (art. 36 de la ley Nº27.423)."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto del Dr. Castiñeira de Dios, que constituye la decisión de la Cámara.

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