CRUZ, CARLOS DAVID c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU 679/97 y reclamo por descuentos previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia en lo esencial, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso costas a las demandadas vencidas y modificó la resolución para regular honorarios en 28 UMA (primera instancia) y 8,4 UMA (segunda instancia).
¿Quién es el actor?
CRUZ, Carlos David (parte actora).
- Demandada: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otra (codemandadas).
- Objeto de la demanda: acción declarativa de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/97 y pretensión de limitar descuentos previsionales al 8% del haber (restitución de sumas indebidamente retenidas); además impugnación de diferimiento de regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza, Sala B, por unanimidad, NO hizo lugar al recurso de apelación deducido por la demandada (confirmando la sentencia en lo que fue materia de apelación) y HIZO LUGAR al recurso de apelación de la parte actora en cuanto al diferimiento de la regulación de honorarios, modificando la resolución para regular honorarios en 28 UMA ($1.931.580 según Res. 580/2025) en primera instancia y en 8,4 UMA ($579.474) por la actuación en segunda instancia; además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a las demandadas vencidas. La suma de UMA deberá abonarse al valor vigente al momento del efectivo pago (art. 51 ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En virtud de ello, teniendo en cuenta la labor desarrollada por los representantes del actor, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, y en aplicación estricta de los arts. 48 y 20 de la ley N° 27.423, corresponde regular en 28 UMA los honorarios profesionales de la parte actora, en el doble carácter, representados en la suma de $ 1.931.580 conforme la Resolución 580/2025, que fijó el valor UMA en $ 68.985."
"Por lo expuesto, se impondrán las costas de ambas instancias a vencidas."
"En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente, por unanimidad, SE RESUELVE: 1°) NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la demandada... 2°) HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la representante de la parte actora... 3°) DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD del art. 3 Decreto 157/2018... 4°) REGULAR los honorarios... en 8,4 UMA, equivalente a $ 579.474..."
- Disidencias: No hubo disidencia; los tres jueces adhirieron por unanimidad al voto que expone los fundamentos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: