VERGA HECTOR MARCELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor Héctor Marcelo Verga demandó a ANSES por reajustes varios y cuestionó la aplicación de normas de cálculo del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó costas por su orden en la Alzada por falta de contradicción y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiera regulado en la instancia anterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VERGA, Héctor Marcelo.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajustes varios relativos al cálculo y actualización del haber previsional (PBU), actualización de remuneraciones computables, aplicación de varios preceptos legales y pedidos de inconstitucionalidad de normas aplicables al cálculo y movilidad del haber.
Decisión: La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos deducidos y revocó parcialmente la sentencia apelada en los términos expresados en los considerandos; impuso costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre la incidencia de la no actualización de componentes de la jubilación y la confiscatoriedad: "debe considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios..."
2) Respecto de la normativa aplicable y la inconstitucionalidad: "La solicitud de declaración de inconstitucionalidad del art. 3° de la ley 27.426, actual art. 4° de la ley 27.609, debe ser rechazada... el Congreso tiene la facultad de determinar los índices que considere más beneficiosos para efectuar la actualización de las remuneraciones..."
3) Sobre la movilidad y la aplicabilidad de leyes posteriores: "En cuanto a la movilidad del haber y atendiendo a la fecha de adquisición del derecho resultan plenamente aplicables al caso la ley 27.609, reglamentarias y modificatorias, cuyas previsiones deberán observarse estrictamente al momento de practicarse el cómputo definitivo..."
4) Sobre costas y honorarios (texto literal): "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634)). Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Votos en disidencia: No se consignan disidencias en el bloque resolutorio final; la parte dispositiva fue suscripta por los magistrados indicados.
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