MASTUCCI JOSE RAFAEL c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZ
El actor promovió recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central en un expediente por jubilación y retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y ordenó devolver las actuaciones al organismo de origen, imponiendo las costas de esta instancia por su orden.
¿Quién es el actor?
MASTUCCI JOSE RAFAEL.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social), en el marco de un expediente por jubilación y retiro por invalidez.
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica Central respecto del grado de invalidez y la consecuente decisión previsional (art. 49 punto 4 de la ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y devolvió las actuaciones al organismo de origen para sus efectos; además impuso las costas de la instancia por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Del informe técnico producido por los profesionales intervinientes, al que la Sala se remite y da por reproducido por razones de brevedad, surge que las patologías que afectan al apelante, minuciosamente por ellos descritas, provocan al recurrente una incapacidad a los fines previsionales del 73,24% de la total obrera."
"Dentro del plazo para alegar el organismo previsional cuestiona/n las conclusiones a las que arribaran los expertos. Sin embargo, las objeciones formuladas no pueden ser atendidas. En efecto, ellas no se sustentan en fundamentos científicos que permitan desvirtuar '…el asesoramiento técnico de auxiliares de la justicia cuya imparcialidad y corrección están garantizadas por normas específicas y por otras similares a las que amparan a la actuación de los funcionarios judiciales…' (Fallos 299:265)."
"En este orden, luego de analizar el caso a la luz del criterio objetivo de interpretación propiciado por la Corte Suprema en el precedente 'Sosa' (Fallos 340:2021), corresponde revocar el dictamen que motivó el recurso."
- Sobre costas: "Las costas se impondrán por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto; la parte resolutiva expresa la decisión de la mayoría.
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