PUEBLA, ANA CELINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales y la inconstitucionalidad de disposiciones que impongan límites o afecten la exención del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSES, confirmó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Puebla, Ana Celina.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios sobre haberes previsionales (incluyendo discusión sobre aplicabilidad de topes de la ley 24.463, límite a las diferencias conforme a "Villanustre", y la sujeción de los retroactivos al impuesto a las ganancias); además cuestionamiento del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo agravado; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo dispuesto en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
1) "No resulta de aplicación a una prestación otorgada al amparo de un régimen especial el dispositivo del art. 9 de la ley 24.463" y "tal como se señala acertadamente en la instancia de grado, la Sra. Puebla obtiene un beneficio regulado por una ley especial".
2) "En esa oportunidad se resolvió que 'las diferencias a abonarse a favor del interesado no podrán exceder en ningún caso los porcentajes establecidos por las leyes de fondo'. Esa disposición solo tiene sentido en el régimen de la ley 18.037... y no en un caso -como el de marras
- amparado en la ley 24.241."
3) Sobre impuesto a las ganancias y retroactivos: "el retroactivo, que comprende justamente la actualización monetaria de los montos del haber –capital inicial e intereses-, conforma y comparte la naturaleza del mismo... y se encontraría, por evidente especificidad de la norma, exento."
4) Respecto del DNU: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art.3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida."
- Votos: El Dr. Juan Ignacio Pérez Curci expuso el voto que resolvió negativamente el recurso; los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira y Manuel Alberto Pizarro adhirieron. No hubo disidencia.
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