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Incidente Nº 1 - ACTOR: SORIA, LUCILA ELIZABETH DEMANDADO: CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES D ELA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/INC APELACION

La actora demandó por la devolución de retenciones previsionales y la declaración de inconstitucionalidad del DNU 679/97. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso costas a las demandadas vencidas y modificó la regulación de honorarios, fijando 28 UMA ($1.931.580) en primera instancia y 30% de ello (8,4 UMA = $579.474) por la segunda instancia.

Prescripcion Inconstitucionalidad Dnu 679/97 Dnu 157/2018 Honorarios uma Ley 27.423 Costas a la vencida Seguridad social Caja de retiros Regulacion de honorarios

Actor: Soria, Lucila Elizabeth. Demandados: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otro (dirección letrada/Estado nacional). Objeto de la demanda: Acción para declarar la inconstitucionalidad del DNU 679/97 y obtener la liquidación y pago de haberes con descuento previsional limitado al 8%, con restitución de sumas indebidamente descontadas; solicitud de regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 28/10/2024 en lo apelado, se hizo lugar al recurso de apelación del representante de la actora y se modificó el dispositivo VI para regular honorarios en 28 UMA ($1.931.580) por actuación en primera instancia y en 30% de ese monto (8,4 UMA = $579.474) por actuación en segunda instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impusieron las costas de esta instancia a las demandadas vencidas. Las sumas deberán abonarse al valor vigente del UMA al momento del efectivo pago. No se regularon honorarios para la representación letrada de las codemandadas conforme art. 2 de la ley 27.423. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
- "En principio, la 'obligatoriedad' de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación encuentra fundamento en la seguridad jurídica... En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97".
- "La misma interpretación debe efectuarse con respecto a la ley N°23.267 dada su similitud con el art. 82 de la ley 18037... La misma doctrina fue aplicada, de manera uniforme, por las tres Salas..."
- "Es criterio de esta Cámara, en casos análogos, considerar que el presente proceso es de los llamados procesos de 'monto indeterminado' o 'sin monto', por lo que la cuantía de los honorarios profesionales es independiente de las sumas... De no resultar posible aplicar la escala del art. 21 para su determinación, se determinarán los honorarios en base a las pautas del art. 16, con un monto mínimo de 20 UMA."
- "En virtud de ello... corresponde regular en 28 UMA los honorarios profesionales de la parte actora, en el doble carácter, representados en la suma de $1.931.580 conforme la Resolución 580/2025, que fija el valor UMA en $68.985."
- "Por último, respecto de las costas de la presente instancia, se impondrán a la demandada recurrente vencida (Conf. art. 36 de la ley 27.423 y 68 del CPCCN)..." Disidencias: No se registra disidencia; los tres vocales adhirieron y resolvieron por unanimidad según el acuerdo.

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