MANASSERO GLADYS NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora impugnó el cálculo y reajustes de su beneficio previsional (PBU) y cuestionó la aplicación de normas y precedentes sobre actualización de remuneraciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó costas por su orden en la alzada y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se haya regulado en la instancia anterior.
Actor: MANASSERO GLADYS NOEMI. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: Impugnación de reajustes y liquidación del haber previsional (revisión/actualización de PBU y demás componentes, aplicación de normas y precedentes para el recálculo).
¿Qué se resolvió?
Se declararon admisibles los recursos deducidos y se revocó parcialmente la sentencia apelada, con alcance según los considerandos; se impusieron costas por su orden en la alzada por falta de contradicción y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 22/11/22 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas."
- "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio."
- "Al respecto, desde la entrada en vigencia de las leyes 27.426 y 27.609, se evidencia una clara decisión legislativa en orden al índice que corresponde considerar a los fines de la actualización de las remuneraciones, por lo tanto, la pretensión de la parte actora referida a la aplicación al caso de autos de los precedentes 'Elliff, Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios'... debe rechazarse."
- "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, ... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634)). Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
Disidencias: No consta en la parte resolutiva final disidencia expresada; la decisión que prevalece es la mayoritaria indicada en la Parte Resolutiva Final.
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