DALZOTTO MARIA GENOVEVA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes varios del haber previsional y la forma de actualización de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y ordenando que se apliquen pautas de actualización conforme a la doctrina de la Corte.
¿Quién es el actor?
DALZOTTO MARIA GENOVEVA (actora).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial y la forma de actualización de remuneraciones para el cómputo previsional (reajustes y aplicación de índices/Decreto 807/16).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia apelada en los términos de los considerandos, impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiere regulado a su favor en la instancia anterior. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Si bien el Alto Tribunal no se expidió expresamente respecto del decreto en cuestión, lo cierto es que los fundamentos dado para declarar la inconstitucionalidad de la Res. 56/16 se tornan también aplicables mutatis mutandis respecto del Dto. 807/16." "Habiendo la titular de autos obtenido su prestación con fecha de alta posterior a agosto de 2016, corresponde -“brevitatis causae”, y en razón de que como regla, la doctrina de los fallos de la Corte Suprema tiene carácter obligatorio para los tribunales inferiores ...-, remitirse a los citados fundamentos del precedente “Blanco” y en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16." "Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. art. 10, dto. 941/91; C.S.J.N. ...)." Adicionales (transcripción sobre cálculo y actualizaciones relevantes): "En cuanto al índice previsto por el decreto 807/2016, debe tenerse presente la doctrina que emana del precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS s/reajustes varios” (sent. del 18-12-18), que ha señalado que 'la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 ... reconoce en cabeza de la ANSeS (art. 36)' ... y que 'es el Congreso Nacional ... el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización...'" No existen votos en disidencia consignados en el acto resolutorio final.
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