GARCIA VICTOR MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios relativos al cálculo del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, imponiendo las costas en la Alzada y regulando honorarios de la representación letrada al 30% de lo que corresponda en la instancia anterior, con los alcances consignados en los considerandos.
¿Quién es el actor?
GARCIA, VICTOR MANUEL.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios vinculados al cálculo del haber previsional inicial, impugnación de índices y normas aplicables (leyes 24.241 y modificatorias, decreto 807/16, ley 26.417, ley 27.426, ley 27.609, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se declararon formalmente admisibles los recursos, se revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance consignado en los considerandos, se impusieron las costas en la Alzada por su orden y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
- "Si bien el Alto Tribunal no se expidió expresamente respecto del decreto en cuestión, lo cierto es que los fundamentos dado para declarar la inconstitucionalidad de la Res. 56/16 se tornan también aplicables mutatis mutandis respecto del Dto. 807/16."
- "Habiendo la titular de autos obtenido su prestación con fecha de alta posterior a agosto de 2016, corresponde -'brevitatis causae', y en razón de que como regla, la doctrina de los fallos de la Corte Suprema tiene carácter obligatorio para los tribunales inferiores ...
- remitirse a los citados fundamentos del precedente 'Blanco' y en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16."
- "Por ende, toda vez que la reforma que el actor cuestiona entró en vigencia con anterioridad al devengamiento de la movilidad otorgada por la ley 26.417, fecha ésta en la cual tal derecho hubiese ingresado definitivamente a su patrimonio, no existe en el caso violación alguna del derecho de propiedad del actor susceptible de invalidar la norma retroactiva..."
- Disidencia relevante (identificada expresamente como tal): La Dra. Victoria P. Perez Tognola manifestó: "En relación con el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426, me remito a mi voto en la causa 'Lavecchia Roberto c/ANSES s/Reajustes Varios', Expte. 53858/14, sentencia de esta Sala del 8 de marzo de 2019 y por lo tanto declaro la inconstitucionalidad del art. 2 de la mencionada ley, en tanto su aplicación retroactiva tiene un neto carácter regresivo, al afectar la movilidad dispuesta por la ley anterior, traduciéndose en un perjuicio económico confiscatorio para el beneficiario, que reduce en forma retroactiva el monto del haber que le hubiese correspondido." (voto en disidencia).
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