Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ESQUIVEL, LISANDRO DARIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 PRESENTANTE: DIRECCION GENERAL DE DROGAS PELIGROSAS Y CRIMEN ORGANIZADO, S/ ORDEN DE ALLANAMIENTO
Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; la Cámara (Tribunal Oral Federal de Corrientes en sentencia unipersonal) condenó a Norma Sandra Leiva y a Omar Ariel Candia a 4 años de prisión y multa de $1.400.000 y absolvió por falta de acusación a Lisandro Esquivel. La sentencia declaró admisible el juicio abreviado, ordenó decomiso y destrucción de las sustancias, y declaró la reincidencia de Leiva.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representada por la Fiscal Auxiliar Dra. Tamara A. Pourcel).
- Demandados / Imputados: LEIVA NORMA SANDRA; CANDIA OMAR ARIEL; ESQUIVEL LISANDRO RUBÉN DARÍO.
- Objeto de la causa: Juicio Abreviado por la presunta comisión del delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” (art. 5º inc. c) Ley 23.737).
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible el Juicio Abreviado; se condenó a Norma Sandra Leiva y a Omar Ariel Candia a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de $1.400.000 cada uno, con accesorias y costas; se declaró la reincidencia de Leiva; se absolvió de culpa y cargo a Lisandro Esquivel, se cancelaron las medidas cautelares y se ordenó la devolución de sus bienes si acredita titularidad; se decomisaron los elementos secuestrados, se ordenó la destrucción por incineración de las muestras estupefacientes y se fijaron encargos para notificaciones, cómputos y registros.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En efecto, teniendo en consideración lo precedentemente señalado, en orden a los aspectos estrictamente formales dispuestos en la norma que regula el procedimiento en cuestión, declaro admisible el presente pedido, sin perjuicio del pronunciamiento que en definitiva adopte en la presente sobre el fondo de la cuestión."
"De esta manera, lo reseñado conforma un cuadro indubitable que arroja certeza en derredor a la existencia del hecho y la participación de los imputados, y no se halla controvertido por otros medios de prueba, sino que, por el contrario, puede integrarse plenamente con la conformidad prestada en el acuerdo que dio motivo a este procedimiento abreviado."
"Juzgo que en el caso bajo examen nos encontramos con comportamientos que se subsumen con claridad en el delito de 'tenencia de estupefacientes con fines de comercialización', previsto y reprimido por el art. 5º inc. C) de la Ley 23.737."
"Finalmente, y ateto a lo manifestado por la representante del MPF respecto que no surgen de las actuaciones elementos probatorios que permitan inferir que Lisandro Rubén Darío Esquivel haya tenido dominio y conocimiento sobre las circunstancias del hecho, corresponde dictar la ABSOLUCIÓN de CULPA y CARGO del nombrado del delito por el que fuera requerido, CANCELAR las medidas cautelares ordenadas en su contra y CONVERTIR EN DEFINITIVA LA LIBERTAD que le fuera concedida en autos."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es unipersonal dictada por el Sr. Juez de Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: