Incidente Nº 1 - ACTOR: AMBROSETTI, ESTELA DEMANDADO: PROV. DE MZA Y OT Y OTRO s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
ANSeS apeló la exención del impuesto a las ganancias sobre sumas retroactivas de reajustes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, condenó en costas a la demandada vencida y reguló honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
¿Quién es el actor?
AMBROSETTI, ESTELA (actora ejecutante / interesada en la ejecución de sentencia).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) y otros.
- Objeto de la demanda: ejecución de sentencia referida al pago de haberes previsionales y la exención del impuesto a las ganancias sobre sumas retroactivas por reajuste de haberes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara NO HACE LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el apoderado de ANSeS y, en consecuencia, confirma la sentencia de primera instancia; declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impone las costas de la presente instancia a la demandada vencida; y regula los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, ordenando al a quo calcular emolumentos en pesos y UMA cuando exista base cierta.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"El artículo 20 inc. v) de la ley 20.628 establece que los montos provenientes de actualizaciones de créditos de cualquier origen o naturaleza están exentos del pago del impuesto a las ganancias."
"Respecto de la retención sobre las sumas retroactivas ya me he expedido en innumerables votos declarándolas exentas de tributar impuesto a las ganancias."
"En virtud de lo expuesto, por unanimidad, esta Sala RESUELVE: 1º) NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por el apoderado de ANSeS y, en consecuencia, confirmar la sentencia de primera instancia. 2°) DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e IMPONER las costas de la presente instancia a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423). 3º) REGULAR los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia oportunamente."
- Votos/disidencias: Resolución adoptada por unanimidad en la Sala A (no se consignan disidencias).
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