GOMEZ, CELIA IRENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes de haberes previsionales contra ANSES solicitando liquidación y declarativa de inconstitucionalidades. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcial al recurso de ANSES, modificó la parte resolutiva relativa a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró inconstitucionales el Decreto 807/16, la Resolución ANSES 56/2018, la Resolución SS 1/2018 y el art. 3 del DNU 157/2018, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en la alzada.
¿Quién es el actor?
Gómez, Celia Irene.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales (liquidación del haber inicial, movilidad de haberes, declaración de inconstitucionalidad de normas y normativa administrativa aplicable, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la demandada y, en consecuencia, modificó el resolutivo III de la sentencia de fecha 26/08/2024 quedando establecido que "No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art 2 de la ley n°27.426, por resultar improcedente conforme fecha de adquisición del beneficio". Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16, de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaría de la Seguridad Social 1/2018; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; impuso las costas de la instancia a la demandada vencida y reguló honorarios en esta alzada al 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
1) "Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en el fallo 'Rodriguez Pereyra' (C.S.J.N Fallos: 335:2333 y sus citas), debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente 'Elliff')."
2) "En cuanto al Decreto 807/16 y Resolución SS 6/16, no resultan aplicables al caso de autos, toda vez que el actor adquirió su beneficio previsional con anterioridad a la fecha establecida en el art. 5 del primero (alta a partir del mensual agosto 2016)."
3) "Respecto al agravio que versa sobre la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, corresponde hacer lugar al planteo, pero por distinto motivo al planteado por la apelante... la declaración de inconstitucionalidad de ese artículo tiene sentido en tanto y en cuanto nos encontremos ante beneficios jubilatorios de alta anterior a marzo del 2018... No obstante, atento que el actor adquirió el beneficio en el 2021, no afecta derechos adquiridos por el actor no genera perjuicio."
4) Sobre costas y honorarios: "En consecuencia, cabe confirmar el criterio sentado por el juez de grado en que las costas deben ser impuestas a la demandada vencida, en virtud del art. 68, 1° párrafo del CPCCN... corresponde imponerlas a la demandada ANSES en su calidad de vencida (art. 68, 1er párrafo CPCCN). ...corresponde regular honorarios a los profesionales intervinientes en esta alzada en un 30% de lo que se regule por la actuación de los profesionales en primera instancia (conf. art. 30 de la ley N°27423)."
- Disidencia: No hubo voto de mayoría contrario; un vocal (Dr. Manuel Alberto Pizarro) no firmó por licencia. Los votos firmantes acuerdan con la resolución indicada.
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