Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LOBERSE, LEONARDO CARLOS s/INFRACCION LEY 22.421
Imputado por tenencia ilegal de armas y tráfico de drogas con fines de comercialización; se le impusieron penas y se unificó la condena. La Cámara (Tribunal Oral Federal n.º4, Dr. Mancini) condenó a Leonardo Carlos Loberse a cinco años y nueve meses de prisión y multa de 48 unidades fijas, y fijó pena única de seis años de prisión revocando la condicionalidad de una sentencia previa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal Dr. Martín Bonomi).
Demandado: Leonardo Carlos Loberse (imputado).
Objeto: Enjuiciamiento por tenencia ilegal de armas y municiones y por tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización; ejecución de la sentencia previa tras intervención de la Cámara Federal de Casación Penal.
Decisión: Se condenó a Leonardo Carlos Loberse a la pena de cinco (5) años y nueve (9) meses de prisión, multa de cuarenta y ocho (48) unidades fijas, accesorias legales y costas por los hechos en este proceso; se fijó una pena única de seis (6) años de prisión (comprensiva de la aquí dictada y de la de seis meses impuesta el 7/7/2022), y se revocó la condicionalidad de la pena anterior. Además, se ordenó el envío de actuaciones a la Dirección de Flora y Fauna de la Provincia de Buenos Aires para evaluación administrativa y se notificó al Juzgado Correccional n.º2.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) “(…)tenía en su poder, con fines de comercialización, material estupefaciente consistente en 7.875 (siete kilos con ochocientos setenta y cinco gramos) de marihuana y 34 plantas hembra de cannavis sativa (estas últimas, con un peso total de 14.790 –catorce kilos con setecientos noventa gramos–) y 975 gramos de cocaína (novecientos setenta y cinco gramos). Esto se determinó con las pericias realizadas sobre el material y demás instrumentos ligados a estas operatorias halladas en ocasión del registro domiciliario (balanzas de precisión)”.
2) “(…)tuvo, sin contar con la debida autorización legal vigente y con conocimiento de ello, las siguientes armas y municiones: a) una escopeta marca Akkar Silah Sanayi, modelo Stopping Power, semiautomática, calibre 12/76 Gauge (UAB)… b) una carabina de repetición, marca Remington, modelo 700VTR, calibre 308 Winchester… c) una carabina marca T.A.L.A., semiautomática, calibre 22 LR… y municiones de diversos calibres (…) Todas ellas, aptas para disparo y de funcionamiento normal, mientras que las municiones resultaron ser aptas para sus fines específicos”.
3) Sobre la determinación punitiva: “En consecuencia, por los motivos expuestos propongo aplicar a Leonardo Carlos Loberse la pena de cinco (5) años y nueve (9) meses de prisión, multa de cuarenta y ocho (48) unidades fijas, accesorias legales y costas, con relación a los hechos verificados de su parte en este proceso, según los que se verificó que resulta coautor penalmente responsable de los delitos de tenencia ilegal de armas y municiones y el de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización…”
(No consta voto en disidencia; la Parte Resolutiva final es la que resulta decisoria.)
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