Incidente Nº 5 - IMPUTADO: MEDINA, NICOLAS GUSTAVO s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputado por transporte de estupefacientes y tenencia de material sexual infantil; se lo condenó. El Juzgado Federal condenó a Gustavo Nicolás Medina a 4 años y 10 meses de prisión efectiva, multa de 45 unidades fijas, inhabilitación y decomiso/destrucción de la droga, y decomiso de teléfonos y $45.100.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Juan Batule (Auxiliar Fiscal Federal).
Demandado: Gustavo Nicolás Medina, D.N.I. 45.765.322.
Objeto: Se le imputó y acusó por el delito de transporte de estupefacientes (seis paquetes con 4.150 gramos de cocaína, concentración 78–82%) y por tenencia de representaciones sexuales explícitas agravadas por intervención de menores (siete videos en su celular, seis con menores de 13 años).
Decisión: Se formuló acusación y se condenó a Gustavo Nicolás Medina como autor de los delitos de transporte de estupefacientes (art. 5° inc. c) Ley 23.737) y tenencia de representación sexual explícita agravada por la intervención de menores (art. 128 C.P.), en concurso real, imponiéndose prisión efectiva de cuatro años y diez meses, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas conforme Ley 27.302, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, costas, orden de destrucción del estupefaciente y decomiso de dos teléfonos celulares y $45.100 a favor del Estado Nacional; se remitirá el cómputo al Juez de Ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Concretamente el transporte de seis (6) paquetes que contenían en su interior una sustancia que, sometida a la prueba de campo, arrojó resultado positivo para cocaína, con un peso de 4.150 gramos. Además, la tenencia -en su celular personal secuestrado al momento del procedimiento de siete (7) videos pornográficos con intervención de menores de edad."
"Finalmente manifiesta que se decidió culminar el presente caso mediante el instituto de procedimiento abreviado, en virtud de un 'acuerdo pleno' arribado entre las partes... el mismo manifiesta que acepta el hecho materia de la acusación, su participación, los antecedentes en que se funda la acusación, la tipificación legal del hecho y la pena requerida por el Ministerio Público Fiscal, comprendiendo el alcance del acuerdo efectuado y aceptando los términos del mismo."
"habiendo sido aceptada por el imputado la existencia del hecho, su participación en el mismo y la calificación legal; de acuerdo a las normas y fundamentos expuestos ... es que corresponde formular acusación y condenar a Gustavo Nicolás Medina por de los delitos de 'Transporte de estupefacientes'... y 'Tenencia de representación sexual explícita agravada por la intervención de menores de edad' ... en concurso real y en calidad de autor."
- Votos en disidencia: no se registran disidencias; la resolución emana del juez titular conforme el acuerdo pleno homologado.
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