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BRAVO CLIDE BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demanda por reajustes de haber previsional contra ANSES por PBU y otros conceptos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó costas en la Alzada por falta de contradicción, conforme a los considerandos que aplican precedentes de la Corte y la normativa vigente.

Reajustes Pbu Anses Confiscatoriedad Ejecucion de sentencia Actualizacion de haberes Costas por su orden Ley 24.241 Ley 27.609 Impuesto a las ganancias


¿Quién es el actor?

BRAVO CLIDE BEATRIZ.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (PBU y demás componentes) y cuestiones conexas como la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 y la exención del impuesto a las ganancias sobre sumas resultantes a favor del actor.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso deducido por la demandada y se revocó parcialmente la sentencia apelada; además, se impusieron las costas por su orden en la Alzada por falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 14/11/2022 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas. Considerando, además, que los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, ponderando una por una y exhaustivamente, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio. (Fallos 300:535, 302:253, entre muchos otros)." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia..." "Lo expuesto se convalida aún cuando no medie reajuste de las restantes prestaciones (PC y PAP), ya que este Tribunal, en cuanto al modo de efectuar el recálculo de la PBU, ha señalado que la comparación a la que se refiere el Alto Tribunal en el precedente 'Quiroga', debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el titular que, si fue reajustado será sobre esos valores... En cambio, si el haber de la PC y de la PAP no fueron reajustados, al percibir el haber inicial total sin reajustar, éste debe constituir el parámetro con el cual se debe efectuar la comparación a fin de determinar la confiscatoriedad que habilita la recomposición del haber de la PBU..." Sobre costas: "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva; la resolución que prevalece es la indicada en la Parte Resolutiva Final.

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