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JULIAN, JORGE ANTONIO c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Reclamo administrativo por inclusión de bonificación zonal en el haber previsional. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva y ordenó incorporar el coeficiente de la ley 19.485 y el pago de las sumas adeudadas con intereses.

Bonificacion zonal Ley 19.485 Legitimacion pasiva Instituto de ayuda financiera (iaf) Confirmacion Apelacion Precedentes Autarquia Interes tasa pasiva bcra Contencioso administrativo


¿Quién es el actor?

JULIAN, JORGE ANTONIO.

¿A quién se demanda?

Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (I.A.F.).
- Objeto de la demanda: Incorporación al haber previsional del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 (bonificación zonal) y pago de las sumas adeudadas por el período bienal anterior a la demanda, con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de fs. 164/172 en todo cuanto fue materia de apelación, manteniendo el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva del IAF, la orden de incorporar la bonificación zonal en el haber previsional y la condena al pago de las sumas adeudadas con intereses. Sin costas de Alzada por no haber intervenido la contraria en el trámite del recurso.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "el hecho de que este haya sido creado como un organismo autárquico en modo alguno excluye la legitimación pasiva del mismo para integrar la condena." "…la particular situación de estos entes se traduce en una verdadera falta de autarquía económico-financiera, que torna ambigua la realidad institucional del ente, dado que es el Gobierno Central el único que podrá cumplir en caso de resultar una condena a indemnizar el daño. De allí, la necesidad de terminar con el errado concepto de que la personalidad jurídica del ente autárquico excluye la legitimación pasiva del Estado como principal obligado" (cita y referencia a Giordano). "Que desde la implementación del Sistema informático de Gestión... el antecedente citado, puede ser libremente compulsado por las partes... cuyas consideraciones se ajustan plenamente al caso sub examine sometido a decisión y que aquí corresponde tener por reproducidas."
- Votos/diferencias: El Dr. Javier M. Leal de Ibarra fundamentó el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva y la correspondencia del otorgamiento de la bonificación zonal con precedente de la Alzada; el Dr. Aldo E. Suárez adhirió al voto precedente. No consta disidencia.

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