Logo

Incidente Nº 22 - IMPUTADO: BUSSE , MARIANA s/INCIDENTE DE AUTORIZACION DE SALIDA

Incidente solicitado por la defensa para autorizar viaje al exterior de la imputada Mariana Busse. La Cámara autorizó el viaje a España (31/5 a 2/7/2025) imponiendo la obligación de comparecer dentro de los dos días hábiles de su arribo y permanecer a disposición del Tribunal; se ordenó notificar a Migraciones.

Autorizacion de salida Incidente Tribunal oral en lo criminal federal n?3 Ibiza Comparecencia Direccion nacional de migraciones Ministerio publico fiscal Viaje al exterior Medidas de localizacion Permiso de viaje

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa de Mariana Busse (petición de autorización de salida). Demandado: Incidente tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3 de San Martín; intervino el Ministerio Público Fiscal y la querella (Dr. Luis Angelini no se manifestó). Objeto: Autorización para que la imputada Mariana Busse viaje al exterior (Reino de España, isla de Ibiza) del 31 de mayo al 2 de julio de 2025, con condiciones de localización y conectividad a audiencias. Decisión: Se hizo lugar al pedido y se autorizó a Mariana Busse a viajar al Reino de España desde el 31 de mayo al 2 de julio del corriente año, ambos inclusive; se le impuso la obligación de comparecer ante el Tribunal dentro del segundo día hábil de su arribo al país y de permanecer a disposición del Tribunal en caso de ser requerida su comparecencia; se ordenó extender el certificado de autorización por Secretaría y poner en conocimiento a la Dirección Nacional de Migraciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) Dictamen del Ministerio Público Fiscal: “[E]n virtud que se está desarrollando la audiencia de debate, si en ese período no fuese requerida su presencia, teniendo en cuenta las autorizaciones concedidas anteriormente y el cumplimento de las condiciones, este Ministerio Público no encuentra óbices para que se haga lugar a la solicitud” (cfr. fojas digitales 187/188). 2) Considerando del Tribunal sobre antecedentes y condiciones: “Adviértase que, en su presentación, la defensa informó el expreso compromiso de su asistida, a conectarse a las audiencias del juicio oral que se lleven a cabo durante su estadía en dicha isla.… Asimismo aportaron -a fin de lograr una localización inmediata-, el teléfono móvil de la encausada.” 3) Fundamento final y medidas impuestas: “Por otro lado, se tendrá que hacer saber a la antes nombrada, que deberá estar a disposición del Tribunal, en caso de ser requerida su comparecencia durante el período antes mencionado, y que debe presentarse por ante la sede de estos estrados dentro de los dos días posteriores a su arribo a este país, con el fin de dar noticia de su regreso.… También, corresponde extender por Secretaría el certificado de autorización pertinente y hacerle saber a la nombrada igualmente, que deberá comparecer ante estos estrados dentro del segundo día hábil de su arribo al país.”
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la resolución surge del acuerdo colegiado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar