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Incidente Nº 5 - IMPUTADO: MARTINEZ, MARIELA PASCUALA Y OTRO s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

La Fiscalía Federal solicitó el sobreseimiento de Mariela Martínez y Bernardino Vargas por cumplimiento de las condiciones del instituto de suspensión de proceso a prueba; el Juzgado Federal de Jujuy 2 hizo lugar y sobreseyó total y definitivamente a ambos imputados, disponiendo además la devolución de la mercadería puesta a disposición de la Aduana, la camioneta y los celulares secuestrados.

Sobreseimiento Suspension de juicio a prueba Encubrimiento de contrabando Ley 22.415 Mercaderia secuestrada Devolucion de bienes Juzgado federal de jujuy Fiscalia federal Procedimiento penal federal Falta de antecedentes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Unidad Fiscal Federal de Jujuy (representada por la Auxiliar Fiscal, Dra. Claudia Juane). Demandado: Mariela Pascuala Martínez (DNI 29.309.529) y Bernardino Bautista Vargas (DNI 29.947.942), imputados en la causa FSA 655/2024/5, caratulada “CARLOS VICENTA ROSA Y OTROS S/ INFRACCIÓN LEY 22.415 (ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO)”. Objeto: la investigación por el delito de “encubrimiento de contrabando de importación” (art. 874 inc. d Ley 22.415), por hechos ocurridos el 29/09/2023 con secuestro de mercadería valuada por Aduana en $2.778.134 y la camioneta Toyota Hilux dominio MBF856. Decisión: se hace lugar al pedido fiscal y se dispone el sobreseimiento total y definitivo de Mariela Pascuala Martínez y Bernardino Bautista Vargas por el delito imputado; se deja constancia que la mercadería fue puesta a disposición de la Aduana; se tiene presente la devolución definitiva de la camioneta Toyota Hilux (entregada 09/07/2024) y se dispone la devolución de los celulares indicados a sus titulares, bajo las condiciones y plazo señalados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que, otorgada la palabra a la Sra. Fiscal Federal expresa que viene por intermedio de este acto a solicitar el sobreseimiento a favor de Mariela Pascuala Martínez y Bernardino Bautista Vargas, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 35, 269 inc. 'g', 270, 272, 273 y cc. del Código Procesal Penal Federal. Refiere que, en el presente caso, los encartados solicitaron la aplicación del Instituto de Suspensión del Proceso a Prueba, el cual ha sido concedido, y considerando que han cumplido con las condiciones impuestas a tales fines es que solicita su sobreseimiento." "Que, así las cosas, oídas las partes del proceso, teniendo en cuenta los hechos descriptos por la Unidad Fiscal Federal, compartiendo los fundamentos brindados para sostener el pedido de sobreseimiento de los causantes, teniendo en cuenta de forma especial que Mariela Pascuala Martínez y Bernardino Bautista Vargas cumplieron con las obligaciones a las que se comprometieron en oportunidad de la homologación del acuerdo de suspensión de juicio a prueba, considerando además que no poseen antecedentes penales, y que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, existiendo acuerdo entre los imputados, su defensa técnica y la Fiscalía Federal, corresponde dictar el sobreseimiento total y definitivo a su favor conforme lo dispuesto por el art. 270 del C.P.P.F."
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la resolución es dictada por la Sra. Jueza Federal CARINA INES GREGORASCHUK en la presente audiencia y firmada el 29/05/2025.

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