PERALTA, GERARDO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes y recálculo del haber inicial de la Prestación Básica Universal y la no retención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza, Sala B, rechazó el recurso de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia; además declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Gerardo Enrique Peralta (actora/beneficiaria de la PBU).
¿A quién se demanda?
ANSES (representante de la demandada recurrió).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, recalculo del haber inicial de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de índices de actualización (ISBIC vs. RIPTE/índice combinado), y la no retención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo agravado. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas a la demandada. Se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia y se ordenó al a quo efectuar los cálculos en pesos y UMA cuando exista base cierta.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que, de la doctrina emanada de la CSJN en autos 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios' (sent. del 11/11/2014) no surge, que el Alto Tribunal hubiere limitado la actualización de la Prestación Básica Universal solamente a aquellos beneficios adquiridos hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417 (1/03/2009). Por el contrario, afirma el carácter integral de todos los beneficios de la seguridad social, 'aspecto del que es parte esencial la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos.' (Considerando 9)."
"En cuanto al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case 'Elliff'. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95."
"En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N°56/2018 (después de que finalizada la vigencia del art. 24 de la ley n°24.241 por la sanción de la ley n°26.417) ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía... Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018... debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente 'Elliff')."
"En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad del afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias cabe destacar que aquí no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita."
- Disidencias: Los tres jueces adhirieron al voto razonado del Dr. Manuel Alberto Pizarro; no constan votos en disidencia.
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