CORTINA CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron la incorporación al haber de retiro y pensión de los suplementos creados por los decretos 1307/12, 246/13 y modificatorios. El Juzgado hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de prescripción y condenó al Estado Nacional–Ministerio de Seguridad–Prefectura Naval Argentina a pagar esos suplementos con carácter remunerativo y bonificable, más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
CARLOS ALBERTO CORTINA; SANTOS MALDONADO (hasta su fallecimiento, representado por herederas); MARIA ROSA MIGUEL.
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
- Objeto de la demanda: Incorporación al haber de retiro y de pensión, con carácter remunerativo y bonificable, de los suplementos creados por los Decretos 1307/12, 246/13 y sus modificatorios (p. ej. “Suplemento por Responsabilidad por Cargo”, “Suplemento por Función Intermedia”, “Suplemento por Cumplimiento de Tareas Específicas de Seguridad”, “Suplemento por Mayor Exigencia del Servicio” y otros), y pago de las sumas retroactivas correspondientes con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada; se hizo lugar a la demanda; se condenó al Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Prefectura Naval Argentina a abonar a los actores los suplementos creados por los Decretos 1307/12, 246/13 y sus modificatorios con carácter remunerativo y bonificable desde su creación; se ordenó la liquidación de las sumas retroactivas dentro de los 90 días de firmeza, con intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual del BCRA hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada; y se fijaron honorarios del 15% sobre el monto bruto que resulte de la liquidación.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“En atención a que desde la entrada en vigencia del Decreto 1307/12 (1°/8/2012) hasta la de promoción de la acción (27/04/17) no ha transcurrido el plazo dispuesto por la normativa aplicable, corresponde rechazar dicha defensa.”
“El Decreto 1307/12 suprimió los adicionales transitorios otorgados por los Decretos 1246/05, 861/07, 884/08 y 752/09 y creó los suplementos denominados ‘responsabilidad por cargo’, ‘por función intermedia’, ‘por cumplimiento de tareas específicas de seguridad’ y ‘por mayor exigencias del servicio’.”
“La generalización en el cobro … demuestra que el otorgamiento tuvo connotación salarial –y por ende, remunerativa– (…)” (cita doctrina del Alto Tribunal, conf. “Torres, Pedro…”).
“La Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, al fallar … sostuvo asimismo que ‘… las retribuciones así previstas una parte sustancial de la remuneración, lo que, unido al carácter general con que fueron establecidas, conduce también a reconocerles características similares al concepto “sueldo”…’” (cita sentencias CSJN Camejo y Pelozo, y remisión a Sosa).
“En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda, ordenando a la accionada que liquide a favor de la parte actora los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable.”
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el texto analizado; la parte resolutiva es un único pronunciamiento de la jueza a cargo.
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