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OTERI CARMELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajustes varios promovido contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la demandada, admitió el de la actora y confirmó la sentencia apelada, imponiendo costas en la alzada y regulando honorarios de la actora en el 30% de lo que se hubiere reconocido en primera instancia.

Otorgamiento de beneficio previsional Anses Reajustes Prescripcion Ley 24.241 Declaracion de desierto Confirmacion de sentencia Costas Honorarios al 30% Tasa pasiva bcra.


¿Quién es el actor?

OTERI CARMELO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios respecto de un beneficio previsional otorgado con fecha de adquisición del derecho 20/12/2016 y alta del beneficio 1/12/2017, al amparo de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada por falta de agravios, formalmente admitió el recurso deducido por la parte actora y confirmó la sentencia apelada en los términos de los considerandos. Además, impuso las costas por su orden en la alzada por falta de contradicción y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiera reconocido en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "La demandada no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado." "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 20/12/2016 y con fecha de alta del beneficio 1/12/2017, al amparo de la ley 24.241, cuerpo normativo a la luz del que deberán ser analizadas las quejas." "La demandada opuso la defensa de prescripción prevista por el art. 82 de la ley 18.037, vigente por aplicación del art. 168 de la ley 24.241, así, corresponde admitirla desde los dos años anteriores al reclamo administrativo que culminara con la resolución impugnada..." "Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. art. 10, dto. 941/91 ...)." "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))." "Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Disidencias: No consta en el bloque resolutivo disidencia; la Parte Resolutiva es la decisión de la Cámara y prevalece sobre cualquier voto individual.

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