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CEBRONES MIRTA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó el reajuste de haberes previsionales (reajustes varios, PBU y demás componentes) a partir del beneficio adquirido el 08/9/21. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenando la modificación indicada en los considerandos, con costas por su orden y regulación de honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se le hubiera fijado en la instancia anterior.

Pbu Reajustes varios Anses Confiscatoriedad Indice de salarios (indec) Costas por su orden Honorarios 30% Ley 24.241 Ley 27.609 Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

CEBRONES MIRTA GRACIELA.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la prestación previsional (cómputo/actualización de la PBU y demás componentes del haber), con fecha de adquisición del derecho 08/9/21.

¿Qué se resolvió?

Se declararon admisibles los recursos, se revocó parcialmente la sentencia apelada en el alcance expresado en los considerandos, se impusieron las costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 08/9/21 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas. Considerando, además, que los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, ponderando una por una y exhaustivamente, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio. (Fallos 300:535, 302:253, entre muchos otros)." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios', sentencias del 11 de noviembre de 2014, 18 de abril de 2017 y 23 de mayo de 2017, respectivamente, donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia mediante la utilización del nivel general del índice de salarios elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, para el período 2002-2006 y con posterioridad, de los respectivos aumentos generales otorgados por la ley 26.198, decretos 1346/07, 279/08 y leyes 26.417, 27.426, 27.609 y sus modificatorias. (Fallos 330:4866)." "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión consignada en la Parte Resolutiva integra la solución mayoritaria.

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