Incidente Nº 2 - IMPUTADO: SULCA, ISAIAS DAVID s/Audiencia de Suspensión de Proceso a Prueba (Art. 35)
Audiencia de probation por transporte de mercadería de origen extranjero: suspensión del proceso a prueba por un año con donación de $210.000 y tareas comunitarias. El Juzgado homologó el acuerdo entre fiscalía y defensa y declaró admisible la suspensión a prueba, imponiendo donación en 12 cuotas, 16 horas mensuales de trabajo comunitario y reglas de conducta por un año.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, Fiscalía Federal de Orán (representada por el Dr. Luis Valencia).
- A quién se demanda (Demandado / Imputado): Isaías David Sulca, DNI 36.540.821.
Objeto: Solicitud de homologación de un acuerdo de Suspensión del Proceso a Prueba (probation) por hechos ocurridos el 21/11/2024 – endilgado encubrimiento de contrabando y resistencia a la autoridad por transporte de 380 kg de hoja de coca y 1.300 cartones de cigarrillos de industria extranjera.
Decisión: Se homologó el acuerdo arribado por las partes y se declaró admisible la Suspensión del Proceso a Prueba respecto de Isaías David Sulca por el término de un (1) año, imponiéndose las obligaciones acordadas (donación de $210.000 pagadera en 12 cuotas al merendero “Havatirenda”; realización de tareas comunitarias en ese merendero por 16 horas mensuales durante 12 meses; observar conducta ejemplar, no cometer nuevos delitos, mantener domicilio e abstenerse de consumo de estupefacientes y abuso de alcohol). El control de las medidas quedó a cargo de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, delegación Salta.
- Fundamentos principales de la decisión (texto literal extraído de la sentencia):
"Que el Dr. Valencia expresó que el objeto de la audiencia es elevar a consideración del suscripto un acuerdo de Probation al que han arribado junto con la defensa técnica en beneficio del Sr. Isaías David Sulca por un hecho ocurrido el 21 de noviembre del año 2024... se procedió a descargar la mercadería en presencia de testigos, se pudo constatar que transportaba trescientos ochenta kilos (380 kg.) de hoja de coca en estado natural y mil trescientos (1.300) cartones de cigarro marca “Hills” de industria extranjera."
"Que el Sr. Sulca abandonará la mercadería a favor del Estado por tratarse de bienes que serían decomisados en caso de recaer una condena, también, se compromete a realizar una donación como modo de reparación del daño ocasionado, por la suma de doscientos diez mil pesos ($210.000), pagaderos en doce (12) meses a favor del merendero 'Havatirenda'... En relación a las tareas comunitarias, el Dr. Valencia señaló que el Sr. Sulca se compromete a realizarlas en el mismo merendero con una carga horaria de dieciséis (16) horas mensuales por el plazo de doce (12) meses."
"Que la imposibilidad que establece el art. 76 bis del C.P. resulta a todas luces inconstitucional... siguiendo claramente el criterio sentado por la Cámara Federal de Salta en el fallo 'Díaz Gustavo, el cual doy por reproducido'... Deviniendo razonable la propuesta que han realizado las partes y resuelvo, en primer lugar, aprobar el acuerdo de suspensión de proceso prueba..."
- Votos en disidencia: no constan votos ni disidencias; la decisión está dictada por el Juez Federal J. Gustavo Montoya en la presente resolución.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: