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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CÁCERES, PABLO JESÚS Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Condenaron a Pablo Jesús Cáceres por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y lo declararon reincidente; unificaron su pena en doce años de prisión efectiva. A Viviana Ayelén Zapata se le suspendió el proceso a prueba por dos años con donación de $400.000 y multa accesoria.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representación fiscal interina a cargo de Rafael Vehils Ruiz / fiscalía que intervino en la etapa).
- Demandados: Pablo Jesús CÁCERES (imputado y condenado) y Viviana Ayelén ZAPATA (imputada; beneficiaria de suspensión de juicio a prueba).
- Objeto de la demanda: Investigación y reproche penal por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización, consistentes en 329,58 gramos de cannabis sativa y 46,94 gramos de clorhidrato de cocaína, incautados el 1/7/2023 durante allanamiento de la vivienda.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Pablo Jesús Cáceres a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, multa de 45 unidades fijas, se lo declaró reincidente y se unificó la condena con antecedente previo en pena única de 12 años; a Viviana Ayelén Zapata se le concedió la suspensión de juicio a prueba por 2 años con reglas de conducta y donación de $400.000, más multa accesoria de $225; decomiso y destrucción de estupefacientes y elementos vinculados.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "II.
- Adentrándome en el estudio de los hechos que se imputan a los encausados, y en estricta conformidad con el plexo probatorio obrante en las presentes actuaciones –a los cuales debo ceñirme en el marco de las previsiones del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación–, tengo por suficientemente acreditado que los imputados tuvieron ilegítimamente en su poder, con fines de ulterior comercialización, un total de 329,58 gramos de cannabis sativa y 46,94 gramos de clorhidrato de cocaína. Estas sustancias les fueron incautadas el 1 de julio de 2023, aproximadamente a las 8:30 horas, por personal de la Unidad de Investigaciones de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales "Bariloche" de Gendarmería Nacional, en cumplimiento de una orden judicial... El procedimiento se llevó a cabo durante el allanamiento de la residencia ubicada en Soberanía Argentina N°280, Barrio Ada María Elflein de esta ciudad." 2) "VII.
- Sentado cuanto precede, a propósito del quantum de la pena pactada, nuevamente respecto de Cáceres, dado el carácter funcional de su rol predominante en la comercialización atribuida como así también los limites de la escala penal prevista para tal conducta, entiendo que corresponde tal como lo solicito la acusación la imposición de una pena de prisión efectiva, y así habré de decidirlo, sometiendo a Pablo Jesús Cáceres a la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión de cumplimiento efectivo, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso, por considerárselo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes bajo la modalidad de tenencia con fines de comercialización..." 3) "Así, el artículo 50 del Código

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