Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RIOS, LAUTARO NICOLÁS Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio abreviado por ilícitos contra la ley de estupefacientes: se condenó a Ríos por tentativa de suministro y tenencia y a Cardozo Encinas por tenencia compartida. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Tierra del Fuego) homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Ríos a 3 años de prisión en suspenso y multa de 23 UF, y a Cardozo Encinas a 2 años y 6 meses en suspenso y multa de $225, imponiendo reglas de conducta y el decomiso de efectos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. María Lía Hermida) en el marco del procedimiento penal.
Demandado: Lautaro Nicolás Ríos (DNI 44.153.192) y Gianella Ahylen Cardozo Encinas (DNI 42.994.731).
Objeto: Investigación y juzgamiento por infracción a la ley 23.737 — tenencia de estupefacientes y suministro de estupefacientes con fines de comercialización (reestructurado en acuerdo a suministro en grado de tentativa y tenencia).
Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y, consecuentemente, se condenó a Lautaro Nicolás Ríos como autor del delito de suministro de sustancia estupefaciente a título oneroso en grado de tentativa, en concurso real con tenencia de estupefacientes en calidad de coautor, a la pena de 3 años de prisión en suspenso, multa de 23 UF y costas; y se condenó a Gianella Ahylen Cardozo Encinas como coautora de tenencia de estupefacientes a la pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, multa de $225 y costas. Se impusieron las reglas de conducta del art. 27 bis CP y se procedió al decomiso de la sustancia, celular, balanza y dinero secuestrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
1) "De acuerdo con las constancias de la causa reunidas durante la instancia de instrucción y que las partes de común acuerdo han considerado prueba suficiente para la decisión del caso; Lautaro Nicolás Ríos y Gianella Ahylen Cardozo Encinas, el 17 de abril de 2024, tuvieron en su poder de manera conjunta sustancia estupefaciente en su domicilio compartido ... asimismo, en horas previas al hallazgo de la sustancia Ríos intentó suministrar estupefaciente (marihuana) a título oneroso a un tercero. (conforme Sumarios 18 y 19/24, el acta de intervención policial, el acta de allanamiento de su domicilio, su panel fotográfico y la Pericia Química nro ° 125.296 )."
2) "Considero acertada esa posición, acorde a las circunstancias descriptas en el acta de fs. 21/56 que describe el hallazgo en sitios comunes y con ostentación, por lo que tengo por probado que ambos imputados disponían del material y conocían su existencia y calidad. ... En esas condiciones Ríos y Cardozo Encinas deberán responder por el hecho de la tenencia simple en calidad de coautores."
3) "La Fiscalía tras analizar las pautas de mensuración de los arts. 40 y 41 CP, requirió para Rios 3 (tres) años de prisión en suspenso, multa de 23 UF, con más el pago de las costas del proceso; y para Cardozo Encinas 2 (dos) años y 6 (seis) meses de prisión en suspenso, y multa de $225, con más el pago de las costas del proceso. Pidió para ambos, durante el término de sus condenas, las reglas de conducta establecidas en los incisos 1, 2 y 3 del artículo 27 bis del Código Penal..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es dictada y firmada por la Jueza de Cámara Ana María D'Alessio (firmado también por el Secretario).
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