Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ, RENATO WILLIAMS Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Acuerdo de juicio abreviado por tenencia de estupefacientes: la Cámara declaró admisibles los acuerdos y condenó a los imputados por tenencia simple. La Cámara impuso a Renato Williams González 2 años de prisión en suspenso, multa de $225 y reglas de conducta; y a Gisela Noemí Pérez Martínez 1 año y 3 meses de prisión efectiva, multa de $225 y declaración de reincidencia.
- Actor (acusador): Ministerio Público Fiscal (representada por la Auxiliar Fiscal, Drª Andrea Whitty).
- Demandados (imputados): Renato Williams González (DNI 31.486.770) y Gisela Noemí Pérez Martínez (DNI 28.075.605).
- Objeto del proceso: Juicio abreviado por hechos originariamente requeridos como tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c Ley 23.737), con aceptación de acuerdos de las partes en los términos del art. 431 bis del CPPN y revisión de la calificación a tenencia simple (art. 14 primera parte Ley 23.737).
¿Qué se resolvió?
Se declaró admisible el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Renato Williams González como autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes a la pena de dos (2) años de prisión de cumplimiento en suspenso, multa de $225 y costas, imponiéndosele reglas de conducta por dos años; y se condenó a Gisela Noemí Pérez Martínez como autora del mismo delito a la pena de UN (1) AÑO Y TRES (3) MESES DE PRISIÓN de cumplimiento efectivo, multa de $225, costas y con declaración de reincidencia; además se dispuso la destrucción de las sustancias secuestradas (Efecto N° 1727).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
1) "I.
- Así es que, en función de la convalidación del acuerdo de juicio abreviado, el reconocimiento de los hechos efectuado por los imputados en la audiencia celebrada conforme lo previsto en el artículo 431 bis del CPPN, y las constancias obrantes en la etapa de instrucción, tengo por acreditado que el día 7 de marzo de 2022, aproximadamente a las 22:45 horas, en el marco de un operativo policial desplegado en la intersección de las avenidas Hipólito Yrigoyen y Polonia, personal policial observó a dos sujetos junto a una motocicleta, adoptando una actitud sospechosa mientras manipulaban una mochila. Ante dicha situación, se les impartió la voz de alto con el fin de proceder a su identificación, momento en el cual uno de ellos emprendió la fuga a bordo del rodado, descartando la mencionada mochila durante la huida.-"
2) "Por otro lado, respecto de Pérez, al momento del allanamiento practicado sobre el domicilio ubicado en el Departamento “F” del Edificio 52, Sector 5 del Barrio 30 de Octubre, vivienda donde reside esta, se secuestraron 1,4 gramos de Cannabis Sativa y 23,06 gramos de cocaína... En efecto, el argumento de la sola cercanía del departamento en cuestión con el acceso principal del edificio, así como los antecedentes de la nombrada en infracción a la Ley 23.737, no resultan suficientes para sostener con el grado de certeza requerido por la instancia que la encartada se dedicaba a la comercialización de estupefacientes, tal como lo sostuvo la prevención."
3) "Que por disposición del art. 431 bis del CPPN, la sanción no podrá superar lo acordado entre los procesados, sus Defensas y el Ministerio Público Fiscal... (i) Renato Williams González a la PENA DE DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN en suspenso y $ 225 pesos de multa... (ii) Gisela Noemí Pérez Martínez la pena de UN (1) AÑO Y TRES (3) MESES DE PRISIÓN de cumplimiento efectivo, multa de pesos $ 225..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución definitiva figura suscripta por el Juez de Cámara Enrique Nicolás Baronetto.
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