RANGEL GUTIERREZ, CESAR IGNACIO c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA EL PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
El actor reclamó la incorporación del coeficiente de bonificación zonal previsto por la ley 19.485 en su haber de retiro y su liquidación retroactiva. El Juzgado Federal de Río Gallegos hizo lugar a la demanda, ordenó incorporar el coeficiente 1,40 sobre la sumatoria del haber y suplementos, y condenó al I.A.F. al pago de las sumas adeudadas con intereses a la tasa pasiva del BCRA.
¿Quién es el actor?
Sr. César Ignacio Rangel Gutiérrez (representado por el Dr. Dante Alexis Churín).
¿A quién se demanda?
Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares (I.A.F.).
- Objeto de la demanda: Solicitud de incorporación al haber previsional del coeficiente de bonificación por zona austral previsto en el art. 1 de la ley 19.485 (coeficiente 1,40) para residentes en la zona patagónica, y liquidación retroactiva de las sumas no abonadas con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, ordenando al I.A.F. incorporar en el haber previsional el coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 mientras el beneficiario resida en el ámbito de aplicación de la norma, calculado sobre la sumatoria del haber mensual o sueldo básico y de los suplementos generales; además se ordenó el pago de las sumas adeudadas según lo expuesto en los considerandos con más los intereses correspondientes a la tasa pasiva que elabora el BCRA, impuso las costas al I.A.F. y diferió la regulación de honorarios. La sentencia fija plazos y trámite para la apertura de cuenta judicial y la liquidación presupuestaria cuando corresponda.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El I.A.F fue creado por el Decreto Ley N° 13.641 ... con la misión de '...abonar los retiros y pensiones que se acuerden con arreglo a las leyes orgánicas del Ejército, la Armada y la Aeronáutica...'." (considerando 1).
"Debidamente salvada la opinión jurídica personal de quien suscribe, abordaré el concepto reclamado a la luz de la jurisprudencia de la Instancia Superior de este Juzgado en casos similares o idénticos." (considerando 2.1).
"Ajustando la presente sentencia a la interpretación que con elevado criterio sostienen los Jueces de la alzada, cabe destacar lo sentenciado por la CSJN ... que se trata de 'una compensación por residir al sur del país que se paga junto con la jubilación, pero que no puede ser calificada como un haber previsional' ..." (considerando 2.2).
"Por lo tanto ... debo considerar que la bonificación por zona austral alcanza a todos los beneficiarios que residan en las provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y en el Partido de Carmen de Patagones ... concluyendo en este sentido que resulta aplicable el artículo 1° de la ley 19.485 y que en consecuencia el reclamo actor debe ser acogido." (considerando 2.2).
"De la profusa documental acompañada, se puede considerar probado ... que reside en la zona austral del país, precisamente en la localidad de Puerto Santa Cruz." (considerando 2.3).
"En función de las normas que rigen la retribución de los agentes ... el coeficiente de bonificación zonal admitido deberá calcularse sobre la sumatoria del haber mensual o sueldo básico y de los suplementos generales que en cada caso correspondan al reclamante." (considerando 2.4).
"Por último, ... corresponde condenar a la demandada al pago de lo adeudado desde la fecha de su efectivo pago hasta la fecha de pase a retiro (31/10/2023)." (considerando 2.4).
"En cuanto a la tasa de interés aplicable ... corresponde aplicar la tasa pasiva, conforme criterio adoptado por la Corte en 'Palmieri' ... que debe calcularse a un interés equivalente a la tasa pasiva promedio que elabora el BCRA." (considerando 3).
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la resolución es de competencia y decisión del Juzgado Federal de Río Gallegos conforme a lo transcripto.
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