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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BUASSO, MARTIN MIGUEL Y OTROS s/INFRACCION ART. 145 BIS 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 25 LEY 26.842) y PROSTITUCION CON FINES DE LUCRO (ART 127) (SUSTITUIDO CONF. ART.23 LEY 26.842)

Proceso penal por trata de personas con explotación sexual. La Cámara Oral Federal condenó a Maximiliano Andrés Moreno a ocho años de prisión e inhabilitación especial por ocho años por considerarlo partícipe necesario del delito de trata agravada, y sobreseyó por prescripción a María Rosa Montorfano.

Trata de personas Explotacion sexual Condena Prescripcion Sobreseimiento Prision Inhabilitacion Registro nacional de datos geneticos Decomiso Prohibicion de salida del pais

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (intervino el Fiscal General Eduardo Codesido). Demandado: Maximiliano Andrés Moreno y María Rosa Montorfano. Objeto: Investigación y enjuiciamiento por delito de trata de personas con explotación sexual en perjuicio de O.V.C.D., E.M.S., L.S.G., S.G.F. y P.I.B. Decisión: El Tribunal Oral Federal resolvió no hacer lugar a la prescripción respecto de Maximiliano Andrés Moreno; condenó a Maximiliano Andrés Moreno a la pena de ocho años de prisión, inhabilitación especial por ocho años y accesorias legales, con costas; mantuvo la libertad que venía gozando el imputado hasta tanto adquiera firmeza la sentencia, imponiendo prohibición de salida del país, entrega de pasaporte y presentación mensual ante el tribunal; declaró prescrita la acción penal respecto de María Rosa Montorfano y la sobreseyó sin costas; dispuso el levantamiento de las medidas cautelares sobre Montorfano; ordenó decomiso de elementos secuestrados; diferir por vía incidental la cuestión relativa al art. 28 de la ley 26.364; dispondría la anotación de Moreno en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual una vez firme la sentencia; y las comunicaciones y notificaciones previstas en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en la sentencia): "NO HACER LUGAR a la prescripción de la acción penal planteada por la defensa de Maximiliano Andrés Moreno (art. 62 del Código Penal a contrario sensu)." "CONDENAR a MAXIMILIANO ANDRÉS MORENO, de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de OCHO AÑOS DE PRISION, INHABILITACIÓN ESPECIAL POR OCHO AÑOS Y ACCESORIAS LEGALES, con más las COSTAS DEL PROCESO, por considerarlo partícipe necesario del delito de trata de personas, agravado por la situación de vulnerabilidad de las víctimas, por la cantidad de víctimas y de personas que participaron en la comisión del delito, como así también por la consumación de la explotación sexual, todo ello en perjuicio de O.V.C.D., E.M.S., L.S.G., S.G.F. y P.I.B. (arts. 5, 12, 20, 20 bis, 29 inc. 3°, 40, 41, 45, 145 bis y ter, inc. 1°, 4°, 5° y anteúltimo párrafo del Código Penal –según ley 26.842-; 398, 399, 530, 531 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación)." "DECLARAR la prescripción de la acción penal respecto de MARÍA ROSA MONTORFANO y, por ende, SOBRESEER a la nombrada en orden al delito de trata de personas, por el que mediara acusación fiscal, sin costas (arts. 62, inc. 2 del Código Penal; 335, 336 y 530 del Código Procesal Penal de la Nación)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; la decisión consignada corresponde al acuerdo mayoritario del Tribunal.

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