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(S/1) GATTONI, RAUL CARLOS c/ ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - Y OTRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor reclamó el pago retroactivo del suplemento por zona austral previsto por la ley 19.485. La Cámara Federal de Apelaciones rechazó los recursos de la Caja de Retiros y de la Prefectura y confirmó la decisión de grado, con imposición de costas a las apelantes por resultar vencidas.

Zona austral Retroactivos Prescripcion Legitimacion pasiva Transferencia administrativa decreto 760/2018 Caja de retiros policia federal Prefectura naval Costas Cosa juzgada Liquidacion de haberes


¿Quién es el actor?

Raúl Carlos Gattoni.
- Demandados: Estado Nacional
- Prefectura Naval Argentina y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: cobro de sumas retroactivas por el suplemento zona austral (ley 19.485 y decreto 1472/2008) incorporado al haber de retiro, por los períodos desde diciembre de 2016 hasta junio de 2018, con deducción de aportes de obra social y cálculo de intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los recursos de apelación interpuestos por las accionadas, imponiéndoles las costas; ordenó registrar, notificar, publicar y devolver los autos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En lo que concierne a la condena impuesta a la Prefectura Naval Argentina es necesario destacar que, tal como lo dejó plasmado el a quo en su decisorio, el fondo de la cuestión, es decir, el derecho del actor a percibir en su haber de retiro el adicional instituido por el art.1 de la ley 19.485 (texto sustituido por el decreto Nº 1472/08) conocido con la denominación de “Zona Austral” cuyos retroactivos se reclamaron en el presente, el asunto ya ha sido resuelto en el marco del amparo iniciado por el aquí accionante en autos “Gattoni, Raúl Carlos c/ Estado Nacional -Prefectura Naval Argentina s/ amparo ley 16.986” (FGR 22330/2016). Así pues, al ya existir una declaración de certeza sobre el derecho pretendido adoptada en el proceso que vinculó a la Prefectura y al actor que también inició este expediente la cuestión ha pasado en autoridad de cosa juzgada, impidiendo cualquier posibilidad de rediscusión actual." "Ahora bien, dicha causa no involucró a la otra demandada; sin embargo, considero que en lo que respecta a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina la solución no puede sino ser la misma, en virtud de que al efectuarse el traspaso de administración que ordenó el decreto 760/2018 esta asumió la posición de la PNA sin reserva alguna, colocándose, por ende, en idéntica situación jurídica que en la que se encontraba la cedente de la obligación de pago de los haberes (conf. art.1.632 y ss. del Código Civil y Comercial de la Nación)." "En orden al planteo prescriptivo, la Caja postuló el plazo anual en los términos del art.2° de la ley 23.627. En cuanto al punto debe señalarse que esta cámara mantiene el criterio según el cual el beneficio en cuestión carece de naturaleza previsional (...) y, por lo tanto, la norma invocada por la demandada resulta inaplicable. Así se ha expedido la Corte en el fallo “Colombo, María Julia c/ ANSeS y otro s/ cobro de pesos” (Fallos: 342:526) del 4 de abril de 2019, en donde sostuvo que en lo relativo al plazo de prescripción aplicable al reclamo del cobro retroactivo de la bonificación por zona austral corresponde el establecido en las normas de derecho común vigentes al momento en que dicho lapso comenzó a correr, con fundamento en que no se trata de una prestación del tipo ya indicado."
- Votos en disidencia: no constan votos en disidencia; ambos jueces adhirieron a la propuesta de rechazo.

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