COPES MARCELO BAUTISTA c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE SEGURIDAD PFA) s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó beneficios previsionales (leyes 16.443, 20.774, 26.578 y 16.973) por incapacidad derivada de un disparo sufrido mientras prestaba servicio. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda, al considerar acreditada la calificación administrativa en servicio y no en y por acto de servicio.
¿Quién es el actor?
COPES Marcelo Bautista (sargento, L.P. 23.581 / DNI 17.069.641).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina). Intervino como tercero la Caja de Retiro Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Otorgamiento de beneficios previsionales y subsidio (leyes 16.443, 20.774, 26.578 y 16.973) por incapacidad producida por herida de arma de fuego que motivó pase a retiro; liquidación de créditos y actualización con intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y, en consecuencia, rechazó la demanda en todos sus términos; revocó las costas y las impuso en el orden causado; reguló honorarios de la dirección letrada de la actora en 10 UMAS ($707.090), con más IVA en caso de corresponder; ordenó registro, notificación, publicación y remisión.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"III.
- En primer lugar, corresponde señalar, tal como sostiene la demandada, que el desarrollo de la sentencia cuestionada y sus fundamentos parten de un error de consideración del magistrado al sostener que el infortunio fue calificado en sede administrativa como “EN Y POR ACTO DE SERVICIO”."
"VI. Así las cosas, se advierte que a efectos de percibir los beneficios reclamados, se requiere que la incapacidad y/o muerte del agente hubiera ocurrido como consecuencia de un infortunio considerado "EN ACTO DE SERVICIO" o "EN Y POR ACTO DE SERVICIO". En tal sentido, debe advertirse que dicha circunstancia no se acredita en autos, por cuanto tanto de la descripción del infortunio efectuada por el actor en su demanda ... como de lo considerado en sede administrativa al momento de describir el hecho disvalioso ... y su posterior calificación, considerándolo como ocurrido “EN SERVICIO”, que se observa adecuada y no alcanza para acceder a los beneficios que pretende, en la medida que el interesado no logró demostrar que hubieran sido indebidamente calificadas las lesiones sufridas, corresponde revocar la sentencia y rechazar la demanda en todos sus términos."
- Disidencia / voto singular: Se consignó que la Dra. Victoria Pérez Tognola no votó por encontrarse de licencia; no consta voto en disidencia de la mayoría sobre la solución, por lo que la decisión del Tribunal es la transcrita.
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