Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: VITON , GUSTAVO Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART.142 INC.1) y IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) QUERELLANTE: CEPRODH - NATALIA HORMAZABAL Y OTROS
Juicio por privación ilegal de la libertad agravada contra Antonio A. Camarelli; la Cámara fijó pena de 3 años de prisión y doble inhabilitación y mantuvo la excarcelación por caución juratoria. La Cámara condenó a Camarelli como partícipe primario del delito previsto en el art. 144 bis en función del art. 142 del CP.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fiscalía Federal (actuaron los Dres. David Maestre y Gabriela Schumacher) y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos
- Neuquén (Dr. Bruno Vadalá) como parte.
Demandado: Antonio Alberto Camarelli (DNI 7.397.693), imputado en la causa.
Objeto: Persecución penal por privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Félix Urbano Alcides Oga (hecho denunciado en el marco de la causa "VITON, Gustavo y otros s/ Privación Ilegal de la Libertad y otros", Expte. FGR 33008736/2005/TO2).
Decisión: El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, por unanimidad, fijó la pena de Antonio Alberto Camarelli en tres (3) años de prisión, más inhabilitación por el doble del tiempo de condena y costas del proceso, por resultar partícipe primario penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis, inciso 1, en función del art. 142, inciso 1, CP, t.o. ley 14.616 con la modificación de la ley 21.338), cometido en una oportunidad, en perjuicio de Félix Urbano Alcides Oga; además mantuvo la excarcelación bajo caución juratoria concedida el 23/02/2018 y fijó audiencia de lectura de fundamentos para el 17/06/2025 a las 12:30 hs.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por todo lo expuesto, oídas que fueron las partes y otorgadas las palabras de cierre al imputado, por unanimidad, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE NEUQUÉN, RESUELVE: 1. FIJAR LA PENA de Antonio Alberto CAMARELLI en TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, más inhabilitación por el doble del tiempo de condena y costas del proceso, por resultar PARTÍCIPE PRIMARIO penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis
- inciso 1, último párrafo
- en función del art. 142 -inciso 1
- del CP, t.o. ley 14.616, con la modificación de la ley 21.338) cometido en una (1) oportunidad, en perjuicio de Félix Urbano Alcides OGA."
"2. MANTENER la excarcelación bajo caución juratoria de Antonio Alberto CAMARELLI concedida el día 23 de febrero de 2018 (Expte. FGR33008736/2005/TO2/19 -AI 03/2018DDHH-), en los términos allí dispuestos."
"3. FIJAR audiencia de lectura de fundamentos el día martes 17 de junio a las 12.30hs. ... conforme lo normado por el artículo 400 -segundo párrafo
- del Código Procesal Penal de la Nación."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias; la resolución expresa que se adoptó por unanimidad.
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