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ALANDIA RAMOS DAVID c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes previsionales contra ANSES sobre la Prestación Básica Universal y demás componentes. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferenció para la ejecución el tratamiento de Villanustre, el art. 26 de la Ley 24.241 y la discusión sobre la Ley 27.609, confirmó lo demás, impuso costas a la ANSES y reguló honorarios de apelación en 30% sobre lo fijado en primera instancia.

Reajustes previsionales Prestacion basica universal Ley 24.241 Ley 27.609 Villanustre Costas Honorarios Dnu 274/2024 Jurisprudencia csjn Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

Alandia Ramos David.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de haberes previsionales, con cuestionamientos sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la constitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, la Ley 27.609, aplicación de precedentes (Villanustre) y regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; diferió para la etapa de ejecución el examen del precedente "Villanustre", del art. 26 de la Ley 24.241 y de la constitucionalidad de la Ley 27.609; difirió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó lo demás de lo resuelto en la instancia de grado; impuso costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena”; y reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación en alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA si corresponde. Se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textuales relevantes): "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes." "A tales efectos, se calculará la variación porcentual entre la PBU reajustada (calculada con el índice mencionado) y la PBU sin reajustar, con respecto al haber inicial (fórmula: [(PBU reajustada
- PBU sin reajustar) / haber inicial] x 100). Si el porcentaje obtenido supera el 15 % referido, procederá la actualización de la PBU." "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia que haya modificado la parte resolutiva; el Dr. Juan A. Fantini adhirió con excepción respecto del tratamiento de la PBU, pero la resolución mayoritaria fue la transcripta.

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