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RUIZ LAURA MATILDE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes varios contra ANSeS, con cuestionamientos sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y la constitucionalidad de normas y decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y la confirmó en lo demás, diferenció el tratamiento del precedente Villanustre y condenó en costas y honorarios a la demandada.

Prestacion basica universal Anses Reajustes Reformatio in pejus Ley 27.541 Ley 24.241 art.26 Villanustre Costas Honorarios Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

RUIZ LAURA MATILDE.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, con planteos concretos sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, inaplicabilidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09, impugnación de normas (ley 27.541 y decretos) y recomposición del haber de enero de 2021.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme sus considerandos, la confirmó en lo demás que decide y fue materia de agravios, diferió el tratamiento del precedente de la CSJN “Villanustre” para la etapa de ejecución, impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida y reguló honorarios para la actora en el 30% de lo que se fije por la labor en primera instancia más IVA si corresponde; devolviendo las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- “Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)”.
- “En cuanto al agravio de la ANSeS respecto de lo decidido por el juez de grado sobre la Prestación Básica Universal (PBU), toda vez que me he pronunciado en los autos: ‘Grattone Angel Celestino c/ ANSeS s/reajustes varios’, Expte. N° 14284/2021, Sent. fecha 19/3/2024, aplicando una solución en relación con esta cuestión que perjudicaría a la apelante, expedirse al respecto como Tribunal de Alzada violentaría el principio de reformatio in pejus.”
- “Respecto al art. 26 de la ley 24.241, corresponde diferir su análisis para la etapa de ejecución de sentencia, ya que es en dicha instancia cuando se podrá verificar el perjuicio concreto que su aplicación pudiera ocasionar.”
- Voto del Dr. Carnota (sobre PBU): “Ello impone en el trámite de ejecución dos cargas claras y consecutivas; la primera, comprobar si la falta de actualización de la Prestación Básica Universal produce un porcentaje determinado de confiscatoriedad considerando el valor porcentual que representa la prestación básica universal respecto del total del haber inicial y la segunda, una vez acreditada la primera ordenar un mecanismo para repararla.”
- Disidencias: No se consignan disidencias formales en el acuerdo final; los tres jueces adhirieron al resultado de mayoría salvo reservas expresas sobre el art. 55 de la ley 27.541 por algunos votos, pero el acuerdo mayoritario que se transcribió es el que decide.

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