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BASSO EDUARDO OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes de haberes previsionales frente a ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la actora, admitió formalmente el recurso de la demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada, por las razones expuestas en los considerandos (inconstitucionalidad del Dto. 807/16 y aplicación de índices conforme precedentes de la CSJN).

Anses Reajustes previsionales Dto. 807/16 Inconstitucionalidad Indice de actualizacion Haber inicial Ley 24.241 Costas por su orden Pauta de actualizacion Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

BASSO EDUARDO OSVALDO.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (cálculo del haber inicial y actualización de remuneraciones aplicables).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, declaró formalmente admisible el recurso deducido por la parte demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada; además impuso costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La actora no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado." "Habiendo la titular de autos obtenido su prestación con fecha de alta posterior a agosto de 2016, corresponde -'brevitatis causae', y en razón de que como regla, la doctrina de los fallos de la Corte Suprema tiene carácter obligatorio para los tribunales inferiores...
- remitirse a los citados fundamentos del precedente ‘Blanco’ y en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16." "La demandada deberá abonar las diferencias resultantes entre las sumas percibidas y las que debió percibir conforme al cálculo respectivo." "Con respecto al agravio expresado en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga...','Sandoval...' y 'Pichersky...', ... que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia."
- Votos y disidencia: La Dra. Victoria P. Pérez Tognola no votó por encontrarse en uso de licencia; la resolución se adoptó por el acuerdo de los jueces firmantes que figuran. La disidencia no fue consignada como voto adverso: lo decidido es lo consignado en la parte resolutiva que figura íntegramente arriba.

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